MODIFICA DECRETO Nº 1.900 EXENTO, DE 2003

    Núm. 2.422 exento.- Rancagua, septiembre 5 de 2011.- Considerando:
    1.- Que, mediante decreto exento Nº 1.900, de 12 de noviembre de 2003, se dispone la expropiación de los siguientes inmuebles:

    1.- Rol de avalúo 1408-107, Lote 14, Avenida La Compañía 0880, de Rancagua.
    2.- Rol de avalúo 1408-104, Lote 13, Avenida La Compañía 0864, de Rancagua.
    3.- Rol de avalúo 1408-108, Lote 12, Avenida La Compañía 0860, de Rancagua.
    4.- Rol de avalúo 1408-109, Lote 11, Avenida La Compañía 085, de Rancagua.
    5.- Rol de avalúo 1408-17, Lote 10, Avenida La Compañía 0830, de Rancagua.
    6.- Rol de avalúo 1408-23, Lote 9, Avenida La Compañía 0878, de Rancagua.
    7.- Rol de avalúo 1408-24, Lote 8, Avenida La Compañía 0862, de Rancagua.
    8.- Rol de avalúo 1408-25, Lote 7, Avenida La Compañía 0848, de Rancagua.
    9.- Rol de avalúo 1408-26, Lote 6, Avenida La Compañía 0836, de Rancagua.
    10.- Rol de avalúo 1408-16, Lote 5, Avenida La Compañía 0720, de Rancagua.

    2.- Que, mediante pase interno Nº 549, de 1 de agosto de 2011, de la Dirección de Asesoría Jurídica, informa que efectuado un análisis del proceso expropiatorio, se ha constatado que el mencionado decreto Nº 1.900/2003, contiene los siguientes errores:
   
    a) Respecto del lote 11, los deslindes correctos son los siguientes: "Norte: tramo G2- G en 205,46 metros; Sur: tramo I3-I2 en 131,74 metros, tramo I2-I1 en 94,12 metros y tramo H-I, 2,59 metros; Oriente: tramo G-I en 12,51 metros; y Poniente: tramo I3-G2 en 25,83 metros".

    b) Respecto del lote 8 los deslindes correctos son los siguientes: "Norte: tramo N2-N3 en 10,96 metros, tramo N3-N4 y tramo N4-N5 en 110,11 metros; Sur: tramo N-M2 en 123,50 metros; Oriente: tramo M2-N5 en 31,43 metros; y Poniente: tramo N-N2 en 16,50 metros".

    3.- La necesidad de rectificar el citado decreto Nº 1.900, de 12 de noviembre de 2003, de la manera que se indica en la parte resolutiva de este acto.

    4.- La minuta Nº 1733, de 22 de agosto de 2011, de la Administración Municipal.

    Vistos: Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, el decreto ley Nº2.186, de 1978, y la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre del año 2008, de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    I. Modifíquese decreto exento Nº 1.900 de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, de 12 de noviembre del año 2003, en la siguiente forma:

    "En el punto I de la parte resolutiva, reemplácense los deslindes de los lotes 8 y 11 por los siguientes:

    "Lote 11: "Norte: tramo G2-G en 205,46 metros; Sur: tramo I3-I2 en 131,74 metros, tramo I2-I1 en 94,12 metros y tramo I1-I, 2,59 metrosDecreto 3422 EXENTO,
M. DE RANCAGUA
D.O. 02.01.2012
; Oriente: tramo G-I en 12,51 metros; y Poniente: tramo I3-G2 en 25,83 metros. Lote 8: Norte: tramo N2-N3 en 10,96 metros, tramo N3-N4 y tramo N4-N5 en 110,11 metros; Sur: tramo N-M2 en 123,50 metros; Oriente: tramo M2-N5 en 31,43 metros; y Poniente: tramo N-N2 en 16,50 metros".

    II. Publíquense, por parte de la Dirección de Relaciones Públicas y Comunicaciones, las rectificaciones en el Diario Oficial y en la página web Municipal.



    Eduardo Soto Romero, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.