MODIFICA ORDENANZA COMUNAL Nº 2, DE 2000, SOBRE "ACTIVIDAD COMERCIAL DE ALCOHOLES, INDUSTRIAL, PROFESIONAL Y DE SERVICIOS"

    Núm. 108.- Providencia, 5 de octubre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12 y 63 letra i) de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

    Considerando:

    1.- Que mediante decreto alcaldicio Ex. Nº 1.374 de 24 de junio de 2009, se fijó el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza Comunal Nº 2 de 6 de marzo de 2000, sobre la "Actividad Comercial, de Alcoholes, Industrial, Profesional y de Servicios".
    2.- El informe Nº 735, de 18 de julio de 2011, del Director Jurídico.
    3.- El memorándum Nº 14.438, de 19 de julio de 2011, del Director de Obras.
    4.- El memorándum Nº 15.077, de fecha 28 de julio de 2011, del Director de Control.
    5.- El informe Nº 822, de fecha 11 de agosto de 2011, del Director Jurídico.
    6.- El memorándum Nº 15.542, de fecha 5 de agosto de 2011 de la Administradora Municipal.
    7.- El acuerdo Nº 709, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 120 de 4 de octubre de 2011, del Concejo Municipal.

    Ordenanza:

    1.- Modifícase la Ordenanza Comunal Nº 2 de 6 de marzo de 2000, sobre la "Actividad Comercial de Alcoholes, Industrial, Profesional y de Servicios", cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por decreto alcaldicio Ex. Nº 1.374 de 24 de junio de 2009, en el sentido de sustituir el inciso primero del artículo 8º, por el siguiente:

    "Artículo 8º: La instalación de pequeños comercios o industrias artesanales o el ejercicio de una actividad profesional, podrá ser aceptada en viviendas siempre que este uso no ocupe una superficie superior al 50% del total de la vivienda y cumpla con el uso de suelo del sector.".

    2.- En lo no modificado continúa vigente la ordenanza comunal Nº 2 de 6 de marzo de 2000 y sus modificaciones cuyo texto refundido se fijó por decreto alcaldicio Ex. Nº 1.374, de 24 de junio de 2009.

    3.- Secretaría Municipal publicará en la página Web municipal esta Ordenanza.

    4.- La Secretaría Municipal elaborará el texto refundido de la presente ordenanza.




    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Isabel Margarita Mandiola Serrano, Alcalde (S) y María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.

    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.