APRUEBA MODIFICACIÓN DE PARTE DE LA ZONA Z-6 (ZONA INDUSTRIAL) DEL ACTUAL PLAN REGULADOR

    Núm. 5.382.- Talca, 29 de agosto de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 2.1.14. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; las necesidades del Servicio; el acuerdo del Concejo adoptado en sesión ordinaria del 10 de agosto de 2011, y conforme a las facultades que me confiere la ley 18.695, refundida,

    Decreto:
    Déjase establecido que el Concejo Municipal ha acordado aprobar el Seccional, correspondiente a la modificación de parte de la Zona Z-6 (Zona Industrial), del actual Plan Regulador, según el artículo 2.1.14. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para la construcción de departamentos sociales, enfocados a entregar nuevas viviendas a los damnificados por el terremoto, según el siguiente detalle:

    Lote: A-1

    Ubicación: Entre calle de Servicio Ruta 5 Sur (21 Oriente) y 27 Oriente, entre 11 y 12 Sur.
    Rol Nº: 3684-004 del SII.
    Superficie del terreno: 29.779,75 m2

    Zona actual Plan Regulador: Z-6 (Zona Industrial)
    Descripción:
    Sólo se cambian las Condiciones de Subdivisión Predial y Usos de Suelos de este terreno en particular, acogiéndose a lo dispuesto al art. 2.1.14. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el cual permite en terrenos de hasta 5 hectáreas, ubicadas en terrenos emplazados en zona de Uso de Suelo Industrial o Bodegaje, según el Plan Regulador Vigente, y que no hayan sido ocupadas para tales usos en a lo menos 5 años a partir de la fecha de aprobación del Plan Regulador (enero 1990).

    Para estos efectos, se denominará a la nueva subzona Z-6H4

    Las nuevas Condiciones de Subdivisión Predial y Edificación serán las correspondientes a la futura zona U-6, Industria Inofensiva, del nuevo Plan Regulador, actualmente en proceso de aprobación, de manera que exista coherencia con el futuro instrumento de planificación territorial.

   

    Nota:
    1. Según lo acordado por el Honorable Concejo Municipal, se deja establecido que se deberá dejar una franja de área verde privada, de a lo menos 5 mts. de ancho, la cual deberá incluir una franja de arborización, más una calzada interior paralela al área verde anterior, de a lo menos 5 mts. de ancho. Todo lo anterior, de manera de lograr un área de separación y aislación el proyecto en cuestión, del Área Industrial (límite sur del terreno).
    Anótese y comuníquese.- Juan Enrique Castro Prieto, Alcalde.- Yamil Allende Yáber, Secretario Municipal.