REBAJA VALOR PATENTES MUNICIPALES DEL 5 AL 3,5 POR MIL DEL CAPITAL PROPIO A CONTAR 2º SEMESTRE 2012

    Núm. 1.637 exento.- Marchigüe, junio 16 de 2011.- Considerando:

    La necesidad de la Corporación de producir un incentivo, que motive el interés de las empresas industriales y actividades comerciales, oficios y arte y o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, a tributar en la Comuna de Marchigüe.

    El Certificado del acuerdo del Concejo Municipal Nº 100 A, adoptado en sesión ordinaria Nº 100 de fecha 08/06/2011, que acuerda por unanimidad rebajar, el valor de doce meses, de las Patentes, de 5 a 3,5 por mil del capital propio de cada contribuyente, por las patentes municipales que se deban pagar, a contar del segundo semestre del año 2012, en la I. Municipalidad de Marchigüe, referidas a las actividades económicas, atendidas las facultades que señala el D/L Nº 3.063, Ley de Rentas Municipales.

    Visto:

    Título IV de los impuestos municipales, artículo 24, del D/L Nº 3.063, Ley de Rentas Municipales.

    Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695/88 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.

    Decreto:
   
    1.- Rebájase el valor de doce meses, de las Patentes, de 5 a 3,5 por mil del capital propio de cada contribuyente, por las patentes municipales que se deban pagar, a contar del segundo semestre del año 2012,

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial de la República, comuníquese y archívese.- Héctor H. Flores Peñaloza, Alcalde.- Juan Cáceres Espinosa, Secretario Municipal.