MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

    Se agrega el Nº 16 al artículo Nº 22, del título décimo primero correspondiente a derechos varios:

    Uso de bien municipal para actividades deportivas, recreativas, típicas y de promoción turística por parte de personas jurídicas con y sin fines de lucro. 25 UTM por día.

    Además se agrega el artículo Nº 27, en el cual se especifica:

    Facúltese al Alcalde para rebajar un máximo de 40% de los derechos establecidos en esta Ordenanza, a solicitud por escrito del interesado y previo informe de la unidad competente.

    En el caso que esta solicitud derive de una institución u organización que tenga personalidad jurídica vigente y cuyo objetivo sea realizar actividades que puedan enriquecer la cultura, el deporte y la acción social, el Alcalde podrá rebajar hasta en un 50% los derechos establecidos en esta Ordenanza.

    Si fuese favorable por el Alcalde, la proposición mencionada precedentemente, ordenará confeccionar el decreto alcaldicio que así lo contemple.

    El Alcalde podrá disponer la rebaja previo acuerdo del Concejo de hasta un 100% del pago del derecho establecido para el caso del Estadio, Parque Vicente Huidobro u otros recintos municipales, sólo para las organizaciones e instituciones sin fines de lucro, que tengan personalidad jurídica vigente y con el objeto de realizar actividades que puedan enriquecer la cultura, el deporte u otra acción social, patrocinada por la Municipalidad.

    Lo anterior, para los fines correspondientes.-
   
    Saluda atentamente a usted, Cristian Balmaceda Undurraga, Alcalde.