ESTABLECE NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS A TERRENOS CUYA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA HA CADUCADO

    Núm. 7.357.- Coyhaique, 16 de noviembre de 2010.- Vistos: Las atribuciones que me confieren la ley Nº 18.695, de fecha 31 de marzo de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; el fallo del Tribunal Electoral Regional de Aysén, de fecha 17 de noviembre de 2008, el Acta de Constitución del Honorable Concejo de la comuna de Coyhaique, de fecha 6 de diciembre del 2008, y ley Nº 18.883.

    Considerando:

.    El Plan Regulador Comunal de Coyhaique, actualmente vigente, aprobado por Res. Afecta Nº 67, publicado en D. O. el 29.09.97 y sus modificaciones.

.    La ley Nº 19.939, publicada en D. O. el 13.02.2004, que modifica artículo 59 de la LGUC.

.    La ley Nº 20.331, publicada en D. O. el 12.02.2009, que renueva vigencia de las declaratorias de utilidad pública.

.    El Ord. Nº 1216 del 10.09.2010, que solicita informe técnico de SEREMI MINVU.

.    El Informe Técnico Nº 03-2010 del 02.11.2010, que indica que se cumple con lo indicado en Artículo 59 de la OGUC,

    Decreto:
    1º Fíjense nuevas normas urbanísticas aplicables a las áreas que se encuentran con su declaratoria de utilidad pública caducada, conforme lo señala el artículo 59º de la LGUC, asimilándolas a las contenidas en las zonas aledañas predominantes a los terrenos afectados, definidas en el actual Plan Regulador Comunal de Coyhaique.

    2º Desígnese zonificación específica, según esquema adjunto, a las zonas que se señalan a continuación:

    Área Verde ubicada entre Calle Fco. Bilbao y Errázuriz, quedando gravada por dos zonas: Z5 en el área predominante norte (o superior) hasta calle Francisco Bilbao y Z8 en franja de 50 m. desde calle Errázuriz hacia el norte.
Área Verde Sector Pasalera Canal Darwin, quedando gravada en su totalidad como Z7.

    Área Verde Sector By-Pass, quedando gravada por dos zonas: ZR1 en su parte norte (o superior) dando continuidad a franja de restricción que se mantiene en el borde poniente del by pass, y por una Z7 en el sector sur, separadas por eje del mirador M1 proyectado en Plan Regulador.

    3º Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la República de Chile.

    4º Anótese, comuníquese a quien corresponda y archívese.

    Omar Muñoz Sierra, Alcalde.- María Elena Jara Riquelme, Secretario Municipal (S).