MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES QUE RIGE PARA EL AÑO 2010

    Núm. 97.- Providencia, 13 de octubre de 2010.- Vistos: Lo dispuesto por el Decreto Ley N°3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales; y teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 5 letra d), 12, 63 letra i), 65 letra j) y 79 letra b) de la Ley N°18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

    Considerando:

    1.- Que mediante Decreto Alcaldicio EX.N°2.669 de 18 de Diciembre de 2009, se fijó el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza N°22 de 28 de Diciembre de 2001 y sus modificaciones "Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales" que regirá para el año 2010, modificada por Ordenanza N°89 de 27 de Mayo de 2010.-
    2.- La necesidad de modificar la citada Ordenanza, agregando o modificando los derechos allí establecidos.-
    3.- Los Memorándum Nº15.910 de 2 de Agosto, Nº16.502 de 6 de Agosto y Nº17.412 de 16 de Agosto, todos de 2010, del Director de Obras.-
    4.- El Memorándum Nº18.335 de 25 de Agosto de 2010, de la Directora de Desarrollo Comunitario.-
    5.- El Memorándum Nº19.882 de 13 de Septiembre de 2010, del Director de Control.-
    6.- El Informe N°1.087 de 1 de Septiembre y Nº1172 de 13 de Septiembre, ambos de 2010, del Director Jurídico.-
    7.- El Memorándum Nº21.572 de 5 de Octubre de 2010, de la Administradora Municipal.-
    8.- El Acuerdo N°483 de la Sesión Ordinaria Nº77 de 5 de Octubre de 2010, del Concejo Municipal.-

    Ordenanza:

    1.- Modifícase la Ordenanza N°22 de 28 de Diciembre de 2001 "Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales que rige para el año 2010", cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por Decreto Alcaldicio EX.N°2.669 de 18 de Diciembre de 2009, en los siguientes sentidos: ARTICULO - 2>
    1.- Modifícase la Ordenanza N°22 de 28 de Diciembre de 2001 "Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales que rige para el año 2010", cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por Decreto Alcaldicio EX.N°2.669 de 18 de Diciembre de 2009, en los siguientes sentidos:
    1.1.- En el Artículo 4º inciso cuarto sustitúyase la palabra "depreciarán" por la palabra "despreciarán".-
    1.2.- Agrégase el siguiente Artículo 18 BIS:

    "Artículo 18 BIS: Estará exenta del pago de derechos la ocupación de superficie de bienes municipales y/o nacionales de uso público, autorizada por el Municipio para la instalación de cicleteros por parte de particulares, en conformidad a lo establecido por la Ordenanza Nº8 de 1 de Octubre de 2003 "Ordenanza sobre Permisos y Concesiones de Bienes Municipales y Nacionales de Uso Público y Concesiones de Servicios Municipales".".-
    1.3.- En el Artículo 20º inciso primero sustitúyase la frase "Artículos 15, 16, 18, 19 y 20" por la frase "Artículos 14, 15, 17, 18 y 19".-
    1.4.- Modifícase el Artículo 25º I Permisos por Ocupaciones de Empresas de Servicios Públicos, en el siguiente sentido:
    1.4.1.- Agrégase al final del punto 2.1 la siguiente frase:
    "Se deberá solicitar una renovación del permiso, dando continuidad al permiso precedente de acuerdo al escenario siguiente que corresponda.".-
    1.4.2.- Sustitúyase el inciso tercero del punto 2.3. por el siguiente:
    "En caso de no haber sido catalogadas en la notificación por parte de la Dirección de Obras como urgentes, deberá solicitarse un permiso dentro del plazo de 7 días hábiles una vez recibida la notificación.".-
    1.4.3.- Sustitúyase el inciso quinto del punto 2.3. por el siguiente:
    "Para todos los efectos de este punto el permiso tendrá un recargo en los derechos de un 100% durante toda la etapa de explotación asociada.".-
    1.5.- Modifícase el Artículo 25º II Permisos por Ocupaciones de Particulares o Empresas Privadas, en el siguiente sentido:
    1.5.1.- Agrégase al final del punto 1 la siguiente frase:
    "De no terminarse las obras dentro del plazo estipulado en el permiso, y de no existir justificación a juicio del municipio, el peticionario perderá la exención, debiendo pagar un permiso normal.".
    1.5.2.- Agrégase al final del punto 2 la siguiente frase:
    "De no terminarse las obras dentro del plazo estipulado en el permiso, y de no existir justificación a juicio del municipio, el peticionario perderá la exención, debiendo pagar un permiso normal.".
    1.5.3.- Sustitúyase en el inciso segundo del punto 4, la cifra 10% por la cifra 50%.
    1.5.4.- Sustitúyase en el punto 8 la cifra "90" por la cifra "75%".
    1.5.5.- Agrégase al final del punto 10 la siguiente frase:
    "De no terminarse las obras dentro del plazo estipulado en el permiso, y de no existir justificación a juicio del municipio, el peticionario perderá la exención, debiendo pagar un permiso normal.".
    1.6.- Sustitúyase el Artículo 30º, por el siguiente:

    "ARTÍCULO 30°: Por los servicios que presta el Departamento Biblioteca (Biblioteca Municipal, Café Literario Parque Balmaceda, Café Literario Parque Bustamante y Café Literario Santa Isabel) se pagarán los siguientes derechos:

A)  Socios Préstamo de Libros a Domicilio

1.-  Cuota anual por persona vinculada a la comuna que se inscribe por primera vez,
hasta                                                                          0.4 UTM.

2.-  Cuota anual por persona vinculada a la comuna que se re-inscribe, hasta    0.30 UTM.

3.-  Cuota anual por persona no vinculada a la comuna que se inscribe por primera
vez, hasta                                                                      0,60 UTM.

4.-  Cuota anual por persona no vinculada a la comuna que se re-inscribe hasta  0.5 UTM.

B)  Socios servicio internet

A)  Cuota semestral por inscripción o reinscripción al servicio Internet, hasta 0.25 UTM.

B)  Arriendo de PC con Internet hasta por una hora, hasta 0.05 UTM.

C)  Fotocopia e impresión color tamaño carta y oficio $200.

D)  Fotocopia e impresión color tamaño doble carta, por hoja $350.

E)  Impresión en blanco y negro desde los PC de uso público, por hoja $100.

F)  Fotocopia Blanco y negro tamaño carta u oficio $30.

G)  Fotocopia Blanco y negro tamaño doble carta $50.

H)  Digitalización (scanner) 1 cara (página) en archivo $350.

I)  Grabación CD (incluye CD) $500.

    Se eximirá del pago de los derechos municipales señalados en la letra A.1 y A.2, a las personas que donen al Departamento Biblioteca un libro de un monto equivalente a los derechos indicados, de acuerdo al listado que para este objeto ha elaborado el Sistema de Bibliotecas y publicado en la página web www.providencia.cl.
    En la letra A y en la letra B las personas mayores de 60 años y los estudiantes de Educación Básica, Medio o Superior pagarán el 50% de estos derechos.-
    El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos a personas de la comuna previo informe del Departamento Social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.".

    1.7.- Modifícase el Artículo 31 en los siguientes sentidos:

    1.7.1.- Sustitúyase el Nº5 por el siguiente:

 

    1.7.2.- Elimínese el inciso quinto.

    1.8.- Sustitúyase el encabezamiento del Título XIV por el siguiente:

    "DERECHOS RELATIVOS A SERVICIOS PRESTADOS POR LOS CENTROS INTEGRALES ADULTO MAYOR, DEPARTAMENTOS DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS, ASISTENCIA SOCIAL Y EL CENTRO INTEGRAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO".

    1.9.- Sustitúyase el Artículo 33º por el siguiente:

    "ARTÍCULO 33° Por los servicios prestados:

    A) por los Departamentos de Organizaciones Comunitarias, de Asistencia Social y Centro Integral de Desarrollo Social Alicia Cañas a residentes de la Comuna menores de 60 años, se pagarán los siguientes derechos:

   

    El Sr. Alcalde podrá eximir del pago del derecho señalado en la letra F previo informe favorable de la Dirección de Desarrollo Comunitario.-
    Los menores de 5 años que acompañen a sus padres en los Paseos Turísticos antes señalados estarán exentos del pago de derechos. Los menores de 10 años y mayores de 5 años, cancelarán el 50% del derecho.

    B) por el Departamento de Desarrollo Social Los Misioneros.-

   

    El Alcalde podrá eximir o rebajar el pago de los derechos de este Título respecto de vecinos de la comuna, previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.

    1.10.- Modifícase el Artículo 35º en el siguiente sentido:

    1.10.1.- Sustitúyase la letra A por la siguiente:

"A.-  GIMNASIO SANTA ISABEL

A.1.  CLASES (por el período mensual)

   

A.2.- OCUPACIÓN DE DEPENDENCIAS, POR HORA

   
   

    1.10.2.- Sustitúyase la letra E por la siguiente:

"E.  PROGRAMAS ESPECIALES

   

  "

    1.10.3.- Agrégase la siguiente letra F:

"F.  UTILIZACIÓN DE BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO

    Para realizar actividades deportivas o recreativas que incluyan calles, avenidas, plazas, parques o puentes, el solicitante deberá contar con la debida autorización municipal, apoyar a una institución de beneficencia o de la comunidad, y pagar un derecho de hasta 100 UTM. Además de completar la ficha técnica de la actividad, deberá emitir Boleta de Garantía Bancaria por un monto de 30 UTM y contratar un seguro por Responsabilidad Civil contra daños a terceros por 30 UTM, ambos a nombre del Tesorero Municipal de Providencia y por un plazo de 30 días a contar del día del montaje del evento.".-

    1.11.- Sustitúyanse los Artículos 36 y 37 por los siguientes:

    ARTICULO 36°: Los usuarios pagarán por el uso de las instalaciones de CENTRO DEPORTIVO PROVIDENCIA los siguientes derechos:

   

B.    INCORPORACION COMO SOCIO CENTRO DEPORTIVO PROVIDENCIA

   

C.  RE-INCORPORACION CENTRO DEPORTIVO PROVIDENCIA

    Se considera una reincorporación, cuando un socio se encuentra dentro del período de 6 meses desde el último pago de su mensualidad

   

D.  CURSOS PISCINA

   

E.    HIDROGIMNASIA

E.1    01 Sesión                        HASTA 0.3 UTM
E.2    08 Sesiones                      HASTA 1.0 UTM
E.3    12 Sesiones                      HASTA 1.1 UTM

F.    CURSOS GIMNASIO

F.1    Cursos salones (12 Sesiones)      HASTA 0.8 UTM
F.2    Cursos salones (8 Sesiones)      HASTA 0.6 UTM
F.3    Curso Horario Libre Mensual      HASTA 1.0 UTM
F.4    1 Sesión Gimnasio                HASTA 0.2 UTM
F.5    Spinning 8 Sesiones              HASTA 0.8 UTM
F.6    Spinning 12 Sesiones              HASTA 0.9 UTM

G.  CURSOS PISCINA GIMNASIO

G.1.  Acondicionamiento Físico Básico  HASTA 1.0 UTM
G.2.  Acondicionamiento Físico Plus    HASTA 1.5 UTM
G.3.  Acondicionamiento Físico Full    HASTA 2.5 UTM

H.-  PROGRAMAS INFANTILES

H.1.- Psicomotricidad (mensual)          HASTA 0.6 UTM
H.2.- Recreación (mensual)              HASTA 2.0 UTM
H.3.- Danza Educativa (mensual)          HASTA 0.6 UTM

I.-  OCUPACIÓN RECINTO POR HORA

I.1  Uso Pista Piscina                  HASTA 1.1 UTM (12
                                                      per)
I.2  Uso Salones por hora              HASTA 1.1UTM
I.3  Uso para fines comerciales        HASTA 6.0 UTM / hora

J.-  EVALUACIÓN FÍSICA NO SOCIOS

J.1  Evaluación Física 1 sesión        HASTA 2.0 UTM
J.2  Evaluación Médica 1 Sesión        HASTA 2.0 UTM

K.    CREDENCIAL

K.1.- Credencial ( tipo socios)          HASTA 0.2 UTM
K.2.- Credencial Temporal                HASTA 0.003 UTM

L.  ENTRADA USO PISCINA LIBRE, POR PERSONA

L.1.- Horario Bajo
  (Lunes a Viernes 06:30 A 18:00 Horas) HASTA 0.3 UTM
L.2.- Horario Alto
  (Lunes a Viernes 18:00 a 22:00 horas
  Sábados, Domingos y Festivos)        HASTA 0.4 UTM

M.-  MASAJES

M.1.- 15 minutos                        HASTA 0.2 UTM
M.2.- 30 minutos                        HASTA 0.3 UTM
M.3.- 45 minutos                        HASTA 0.4 UTM
M.4.- 60 minutos                        HASTA 0.5 UTM
M.5.-Pack 4 Masajes 60 minutos          HASTA 1.5 UTM
M.6.-Pack 4 Masajes 45 minutos          HASTA 1.4 UTM
M.7.-Pack Masajes 30 minutos            HASTA 1.0 UTM
M.8.-Pack 4 Masajes 15 minutos          HASTA 0.6 UTM

N.-  Arriendo de Toalla (1 Unidad)      HASTA 0.03 UTM

O.-  Arriendo de Bata (1 Unidad)        HASTA 0.05 UTM

P.-  Arriendo de Locker (mensual)        HASTA 0.5 UTM

    DESCUENTOS

    Las personas incorporadas en los Planes señalados en la Letra A tendrán un descuento de un 25 % de descuento en los Programas individualizados en las letras, D, E, F, G ,L.-

    Sólo se aplicará el descuento con la mensualidad y pagos al día.-
    Las personas incorporadas a los Planes señalados en la Letra A, tendrán un descuento hasta de un 50% en el pago de sus mensualidades en caso de inasistencia y no uso de las instalaciones en el mes calendario debido a enfermedades debidamente justificadas
    Para los residentes de la Comuna de Providencia, se aplicará el 50% de descuento en la cuota de Incorporación de planes socios.-

    PAGO DE MENSUALIDADES

    Al inscribirse en un Plan de Socio el pago del valor de la mensualidad entre los días 1 y 15 de cada mes se cancela el 100% del valor de la mensualidad establecida. Al inscribirse entre los días 16 y 30 de cada mes cancela el 50% de la mensualidad.-
    Existirá una Tarifa Normal y una Tarifa Preferencial. El pago de la mensualidad entre los días 1 y 10 de cada mes corresponde a la tarifa de valor preferencial y el pago de la mensualidad entre los días 11 y 30 de cada mes corresponde al valor de la tarifa normal cuyos valores no podrán exceder el monto máximo establecido.-

    PLAN FAMILIAR

    En el caso de un integrante de un plan familiar que cumpla 25 años, se les permitirá inscribirse en un Plan sin el pago de la cuota de incorporación.-
    Existirá la posibilidad de agregar un adicional que sea familiar directo de los integrantes del plan al plan familiar en aquellos casos que el grupo familiar no exceda los 4 integrantes.-

    CAMBIO DE PLAN DE SOCIO

    Frente a un cambio de Plan, se deberá cancelar la diferencia de dinero que corresponda a la cuota de incorporación del plan vigente o al valor cancelado al momento de la inscripción.-

    CONVENIOS

    La Municipalidad podrá celebrar convenios con instituciones sin fines de lucro y con Empresas que tengan domicilio en la Comuna con las cuales podrá pactar rebajas y/o beneficios.-
    El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos respecto de instituciones o residentes de la Comuna previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.-

    ARTICULO 37°: Los usuarios pagarán como máximo por el uso de las instalaciones del SPA CLUB PROVIDENCIA los siguientes derechos:

PLAN BASICO

   

PLAN PLUS

   

PLAN FULL

   

B.  INCORPORACIÓN COMO SOCIO SPA CLUB PROVIDENCIA

   

C.  RE-INCORPORACION SPA CLUB PROVIDENCIA

    Se considera una reincorporación, cuando un socio se encuentra dentro del período de 6 meses desde el último pago de su mensualidad.-

   

D.  CURSOS DE PISCINA

   

E.  HIDROGIMNASIA

E.1    01 Sesión                        HASTA 0.3 UTM
E.2    08 Sesiones                      HASTA 1.0 UTM
E.3    12 Sesiones                      HASTA 1.3 UTM

F    ENTRADA USO PISCINA LIBRE, POR PERSONA

F.1  Horario Alto (Lunes a Viernes 18:00 a 22:00 horas
  Sábados, Domingos y Festivos)        HASTA 0.4 UTM

F.2  Horario Bajo

  (Lunes a Viernes 06:30 a 18:00 Horas) HASTA 0.3 UTM
G.  ENTRADA USO PISCINA, SAUNA Y JACUZZI P/P

G.1  Horario Alto (Lunes a Viernes 18:00 a 22:00 horas
  Sábados, Domingos y Festivos)        HASTA 0.6 UTM

G.2  Horario Bajo
  (Lunes a Viernes 06:30 A 18:00 Horas) HASTA 0.4 UTM

H.-  CURSOS GIMNASIO

H.1  Cursos salones Horario Fijo Mensual HASTA 1.0 UTM
H.2  Curso Horario Libre Mensual        HASTA 1.5 UTM
H.3  1 Sesión Gimnasio                  HASTA 0.2 UTM
H.4  Spinning 8 Sesiones                HASTA 1.0 UTM
H.5  Spinning 12 Sesiones                HASTA 1.2 UTM

I.-  CURSOS PISCINA GIMNASIO

I.1.-  Acondicionamiento Físico Básico  HASTA 1.0 UTM
I.2.-  Acondicionamiento Físico Plus    HASTA 1.5 UTM
I.3.-  Acondicionamiento Físico Full    HASTA 2.5 UTM

J.-  PROGRAMAS INFANTILES

J.1.- Psicomotricidad (mensual)          HASTA 0.6 UTM
J.2.- Recreación (mensual)              HASTA 2.0 UTM

K.    GIMNASIA PARA EMBARAZADAS

K.1.- 8 sesiones                        HASTA 1.5 UTM
K-2.- 12 sesiones                        HASTA 1.6 UTM

L.-  SAUNA Y JACUZZI

L.1  1 Sesión Horario Alto
  (Lunes a Viernes 18:00 a 22:00 Horas  HASTA 0.5 UTM
  Sábado, domingo y Festivos)
L.2  1 Sesión Horario Bajo
  (Lunes a Viernes 07:00 a 18:00 Horas) HASTA 0.4 UTM
L.3  4 Sesiones                        HASTA 0.8 UTM
L.4  8 Sesiones                        HASTA 1.1 UTM
L.5  12 Sesiones                        HASTA 1.3 UTM

M.-  OCUPACIÓN RECINTO POR HORA

M.1.- Uso por Pista Piscina              HASTA 1.1 UTM
M.2.- Uso Salones por hora              HASTA 1.1 UTM
M.3.- Uso recinto para Fines comerciales HASTA 6.0 UTM / hora

N.-  EVALUACIÓN FÍSICA NO SOCIOS

N.1.- Evaluación Física 1 sesión        HASTA 2.0 UTM
N.2.- Evaluación Médica 1 Sesión        HASTA 2.0 UTM

O.-    CREDENCIAL

O.1.- Credencial Socio                  HASTA 0.2 UTM
O.2.- Credencial Curso                  HASTA 0.03 UTM

P.-    MASAJES

P.1.- 15 minutos                        HASTA 0.2 UTM
P.2.- 30 minutos                        HASTA 0.3 UTM
P.3.- 45 minutos                        HASTA 0.4 UTM
P.4.- 60 minutos                        HASTA 0.5 UTM
P.5.- Pack 4 Masajes 60 minutos          HASTA 1.5 UTM
P.6.- Pack 4 Masajes 45 minutos          HASTA 1.4 UTM
P.7.- Pack 4 Masajes 30 minutos          HASTA 1.0 UTM
P.8.- Pack 4 Masajes 15 minutos          HASTA 0.6 UTM

Q.-  Arriendo de Toallas (1 Unidad)    HASTA 0.03 UTM

R.-  Arriendo de Bata (1 Unidad)        HASTA 0.05 UTM

S.-  Arriendo de Locker (mensual)      HASTA 0.5 UTM

    DESCUENTOS

    Las personas incorporadas en los Planes señalados en la Letra A.1, A.2, A.3 tendrán un descuento de un 25 % en los Programas individualizados en las letras D, E, F, G, H, I, K, L
    Sólo se aplicará el descuento con la mensualidad y pagos al día.-
    Las personas incorporadas a los Planes señalados en la Letra A.1 A.2, A.3 tendrán un descuento hasta de un 50% en el pago de sus mensualidades en caso de inasistencia y no uso de las instalaciones en el mes calendario debido a enfermedades debidamente justificadas.
    Para los residentes de la Comuna de Providencia, se aplicará el 50% de descuento en la cuota de Incorporación de planes socios.

    PAGO DE MENSUALIDADES

    Al inscribirse en un Plan de Socio el pago del valor de la mensualidad entre los días 1 y 15 de cada mes se cancela el 100% del valor de la mensualidad establecida. Al inscribirse entre los días 16 y 30 de cada mes cancela el 50% de la mensualidad.-
    Existirá una Tarifa Normal y una Tarifa Preferencial. El pago de la mensualidad entre los días 1 y 10 de cada mes corresponde a la tarifa de valor preferencial y el pago de la mensualidad entre los días 11 y 30 de cada mes corresponde al valor de la tarifa normal cuyos valores no podrán exceder el monto máximo establecido.-

    PLAN FAMILIAR

    En el caso de un integrante de un plan familiar que cumpla 25 años, se les permitirá inscribirse en un Plan sin el pago de la cuota de incorporación.-
    Existirá la posibilidad de agregar un adicional que sea familiar directo de los integrantes del plan al Plan Familiar en aquellos casos que el grupo familiar no exceda los 4 integrantes.-
    Frente a un cambio de Plan, se deberá cancelar la diferencia de dinero que corresponda a la cuota de incorporación del plan vigente o al valor cancelado al momento de la inscripción.-

    CONVENIOS

    La Municipalidad podrá celebrar convenios con instituciones sin fines de lucro y con Empresas que tengan domicilio en la Comuna con las cuales podrá pactar rebajas y/o beneficios.-
    El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos respecto de instituciones o residentes de la Comuna previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.".-

    1.12.- Elimínese el Artículo 38º.-

    2.- En todo lo no modificado continúa vigente la Ordenanza N°22 de 18 de Diciembre de 2001 y sus modificaciones, cuyo texto refundido se fijó por Decreto Alcaldicio Ex. N°2.669 de 18 de Diciembre de 2009.-

    3.- La presente modificación entrará en vigencia el 1 de Enero de 2011.-

    4.- Secretaría Municipal fijará el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza Local de Derechos Municipales que regirá para el 2011, el que se publicará en la página web municipal.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal (S).
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal (S).