APRUEBA ORDENANZA DE COBRO DE DERECHO DE ASEO DOMICILIARIO PARA EL AÑO 2011

    Núm. 93.- Providencia, 12 de octubre de 2010.- Vistos: Lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, y teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 5 letra d), 12 y 63 letra i), 65 letra j) y 79 letra b) de la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

    Considerando:

    1.- Que el Artículo 4 de la Ordenanza Nº 65 de 19 de noviembre de 2007 sobre "Condiciones Necesarias para la Fijación de Tarifas del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras y Exenciones Total y Parcial" cuyo texto refundido se fijó por Decreto Alcaldicio Ex. Nº 630 de 23 de marzo de 2009, modificada por Ordenanza Nº 80 de 1 de junio, Nº 82 de 23 de julio, Nº 85 de 14 de octubre, todas de 2009 y Nº 90 de 24 de junio de 2010, establece que la tarifa anual tendrá una vigencia de tres años.
    2.- El Memorándum Nº 17.336 de 11 de agosto y Nº 20.149 de 16 de septiembre, ambos de 2010, del Director de Aseo, Ornato y Mantención.
    3.- El Acuerdo Nº 479 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 77 de 5 de octubre de 2010, del Concejo Municipal,

    Ordenanza:
    1.- Apruébase la siguiente "Ordenanza de Cobro de Derecho de Aseo Domiciliario para el año 2011".
    1.2.- Fíjase el monto del derecho para el servicio domiciliario de aseo en $50.675.- anual.
    1.3.- La tarifa señalada en el número 1.2.- para iniciar su cobro en enero de 2011, se incrementará en el mismo porcentaje de variación del IPC ocurrido el segundo semestre de 2010.
    1.4.- Para el segundo semestre del año 2011, dicha tarifa se incrementará en el mismo porcentaje de variación del IPC correspondiente al primer semestre de ese año.
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, en la página web municipal, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal (S).
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal (S).