ASIGNA NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS APLICABLES A LAS ÁREAS DONDE HAN CADUCADO LAS DECLARATORIAS A UTILIDAD PÚBLICA
Ñuñoa, 9 de agosto de 2010.- La Alcaldía de Ñuñoa decretó hoy lo siguiente:
Num. 1.034.- Teniendo presente:
a) Lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, respecto a fijar nuevas normas urbanísticas a las áreas donde hayan caducado las declaratorias a utilidad pública.
b) El Plan Regulador de Ñuñoa, aprobado por Decreto N° 129 del 27.10.89, MINVU y sus modificaciones.
c) El Informe Técnico N° 03 fecha 04 de agosto de 2010, emitido por Asesoría Urbana de la I. Municipalidad de Ñuñoa.
d) El Informe favorable de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, mediante Oficio N° 3432 de fecha 06.08.10.
Vistos: Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695. Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
1. Asígnanse las nuevas normas urbanísticas aplicables a las áreas donde han caducado las declaratorias a utilidad pública, asimilándolas a las de la zona predominante de las adyacentes al terreno, de acuerdo a lo indicado en los cuadros que se detallan a continuación:
2. El Departamento de Comunicaciones deberá publicar el presente Decreto en el Diario Oficial y elaborar el aviso que deberá publicar en un medio de comunicación.
3. Remítase copias oficiales del presente decreto al Conservador de Bienes Raíces, a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.
Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a las Direcciones Municipales. Cúmplase y hecho, archívese.- Jaime Belmar Labbé, Alcalde (S).- Miguel Ángel Ponce de León González, Secretario Municipal.