1º Modifíquese la Ordenanza local sobre estacionamientos reservados de taxis básicos, contenida en el decreto alcaldicio Nº 2.009/2009, como se indica:

    1.1. Reemplácese el inciso segundo del artículo segundo transitorio, por el siguiente nuevo texto:
    "Estas transferencias sólo se aceptarán si se efectúan a más tardar el 31 de julio de 2010. Luego de esta fecha, no se autorizarán transferencias de asignatarios de paraderos reservados".

    2º Las modificaciones anteriores regirán a contar del 1 de julio de 2010, previa publicación en el Diario Oficial; sin perjuicio de publicar además un texto actualizado de esta ordenanza en la página web municipal.