Artículo 21º: Los programas Decreto 243, EDUCACIÓN
Art. segundo N° 14 a), i), ii)
D.O. 20.08.2018de formación con Pasantías en el Extranjero serán realizados por instituciones educativas extranjeras organizadas como personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con experiencia reconocida en las temáticas correspondientes a la pasantía y al sector económico del grupo de pasantes definido por el Ministerio, de acuerdo a los criterios de relevancia del respectivo sector económico para el país.
Art. segundo N° 14 a), i), ii)
D.O. 20.08.2018de formación con Pasantías en el Extranjero serán realizados por instituciones educativas extranjeras organizadas como personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con experiencia reconocida en las temáticas correspondientes a la pasantía y al sector económico del grupo de pasantes definido por el Ministerio, de acuerdo a los criterios de relevancia del respectivo sector económico para el país.
Estos Decreto 243, EDUCACIÓN
Art. segundo N° 14 b), i), ii), iii)
D.O. 20.08.2018programas de formación contemplan fases de formación en Chile, trabajo a distancia y una actividad de pasantía en el extranjero. La duración total de los programas de formación con Pasantías en el Extranjero podrá ser de un mínimo de 250 horas a un máximo de 400 horas de formación, las que deberán distribuirse entre 8 a 12 meses. La pasantía en el extranjero tendrá una duración máxima que no excederá de 3 semanas. Los programas deberán encontrarse certificados e inscritos en el registro público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 quáter del decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1996, del Ministerio de Educación.
Art. segundo N° 14 b), i), ii), iii)
D.O. 20.08.2018programas de formación contemplan fases de formación en Chile, trabajo a distancia y una actividad de pasantía en el extranjero. La duración total de los programas de formación con Pasantías en el Extranjero podrá ser de un mínimo de 250 horas a un máximo de 400 horas de formación, las que deberán distribuirse entre 8 a 12 meses. La pasantía en el extranjero tendrá una duración máxima que no excederá de 3 semanas. Los programas deberán encontrarse certificados e inscritos en el registro público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 quáter del decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1996, del Ministerio de Educación.