ORDENANZA LOCAL DEL PLAN SECCIONAL RIBERA NORTE

    Núm. 1.480.- Concepción, 22 de diciembre de 2009.- Vistos: El acuerdo Nº 1211-149-2000, de 16 de mayo de 2000, del Concejo Municipal de Concepción, que aprueba el Plan Seccional Ribera Norte, el que consta de la ordenanza local, memoria explicativa y planos; el decreto alcaldicio Nº 326, de 19 de mayo de 2000, que promulga este acuerdo; el acuerdo 124-15-2005, de 7 de julio de 2005, del Concejo Municipal de Concepción; el decreto alcaldicio Nº 716, de 15 de julio de 2005, que aprueba el inicio del trámite correspondiente a la primera modificación al Plan Seccional Ribera Norte; el decreto alcaldicio Nº 464, de 26 de mayo de 2006, por el que se modifica el decreto alcaldicio Nº 326, antes citado, en el sentido de introducir la Primera Modificación al Plan Seccional Ribera Norte; el decreto alcaldicio Nº 369, de 30 de abril de 2008, que aprueba el Inicio del Trámite de la Segunda Modificación al Plan Seccional Ribera Norte; el decreto alcaldicio Nº 98, de 30 de enero de 2009, por el que se modifica el decreto alcaldicio Nº 326, antes citado, en el sentido de introducir la Segunda Modificación al Plan Seccional Ribera Norte; el acuerdo Nº 165-23-2009, de 15 de julio de 2009, del Concejo Municipal, que aprueba el Inicio del Trámite de la Tercera Modificación al Plan Seccional Ribera Norte; el decreto alcaldicio Nº 684, de 20 de julio de 2009, que promulga ese acuerdo; las publicaciones efectuadas en el diario "El Sur", con fechas 26 y 28 de julio de 2009, sobre Primera Audiencia Pública, y con fechas 20 y 30 de agosto de 2009, sobre Segunda Audiencia, así como del período de exposición del proyecto y recepción de observaciones; las audiencias públicas efectuadas los días 30 de julio y 31 de agosto de 2009, en la Sala de Sesiones de la Municipalidad de Concepción; el oficio ord. Nº 551, de 27 de agosto de 2009, del señor Secretario de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío Bío, en el que se informa que esta Tercera Modificación no requiere de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; el oficio ord. Nº 157, de 17 de septiembre de 2009, de la señora Asesora Urbanista (S); el acuerdo Nº 213-30-2009, de esta fecha, del Concejo Municipal de Concepción, por el que se aprueba la Tercera Modificación al Plan Seccional Ribera Norte; el oficio ord. Nº 2743, de 26 de noviembre de 2009, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, por el que informa favorablemente esta Tercera Modificación del Plan Seccional Ribera Norte; teniendo presente, lo establecido en el D.F.L. Nº 458 de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 65 letra b) y 79 letra b) de la ley Nº 18.695, y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 12, 56 y 63 de la citada Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:


    Modifícase el decreto alcaldicio Nº 326, de 19 de mayo de 2000, por el que se promulga y dispone la publicación de la Ordenanza Local del Plan Seccional Ribera Norte, modificado a su vez por los decretos alcaldicios Nº 464, de 26 de mayo de 2006 y Nº 98, de 30 de enero de 2009, en el sentido de introducir la siguiente Tercera Modificación.

    TERCERA MODIFICACIÓN
    PLAN SECCIONAL RIBERA NORTE

    MODIFICACIÓN 1
    En el recuadro correspondiente a Zonas y Manzanas del PSRN contenido en el artículo 20, elimínese de la columna Manzanas, en el recuadro correspondiente a Pieza de Borde de Río, los guarismos "5" y "6" de la fila que corresponde a la zona 2.2. En el recuadro correspondiente a la Pieza de Tejido Intermedio, elimínese los guarismos "1", "2", "3" y "4" de la fila que corresponde a la zona 4.3. de la Pieza Nuevo Barrio Consolidado, elimínese la expresión "25 a 27" la fila que corresponde a la zona 7.1.
    Además, en el recuadro correspondiente a Zonas y Manzanas del PSRN contenido en el Artículo 20, en la columna Manzanas, en el recuadro correspondiente a la Pieza de Tejido Intermedio, agréguese a continuación del guarismo "1" los guarismos 2, 3 y 4 en la fila que corresponde a la zona 4.1. En el recuadro correspondiente a la Pieza Viviendas de Radicación, en la fila correspondiente a la zona 6.1 agréguese a continuación del guarismo "14" los guarismos 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21.

    MODIFICACIÓN 2
    En la manzana 1 de la zona 4.1, destínese a Área Verde el polígono que mide 10 mts. de fondo y que se ubica frente a la calle Binimelis, entre O’Higgins Poniente y Bilbao. Asimismo, destínese a área verde el polígono comprendido por las calles Binimelis, Eleuterio Ramírez y Manuel Montt.

    MODIFICACIÓN 3
    En el Artículo 21, en la Zona 6.1, modifíquese lo siguiente:

a)  En el ítem Subdivisión predial mínima, reemplácese el texto comprendido entre la expresión "60 m² para vivienda" y hasta el punto final de la frase por la expresión unifamiliar.
b)  Agréguese a continuación del ítem "Subdivisión Predial Mínima", lo siguiente: Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,8.
c)  En el ítem Antejardín, reemplácese el guarismo "3" por el guarismo 2
    Se trata de establecer condiciones de ocupación de suelo y subdivisión concordantes con el Rol de la zona 6.1, la cual está destinada a vivienda social.

    MODIFICACIÓN 4
    En el Artículo 23, reemplácese en el Cuadro de Vialidad, por el siguiente nuevo cuadro:

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    MODIFICACIÓN 5
    Remplácese los planos del Plan Seccional Ribera Norte, por los planos correspondientes a la Tercera Modificación Plan Seccional Ribera Norte 2009, como se indica a continuación:

   

    Anótese, comuníquese, remítase copia al señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y archívese.
    Jacqueline Van Rysselberghe Herrera, Alcaldesa.- Manuel Lagos Espinoza, Secretario Municipal.