APRUEBA ENMIENDA PARA AUMENTAR EL PORCENTAJE DE OCUPACIÓN DE SUELO

    Núm. 3.177 exento.- Constitución, 12 de noviembre de 2009.- Vistos:

    La Ordenanza del Plan Regulador vigente para la comuna de Constitución aprobado por decreto Nº 19/E del 8 de abril de 1987.
    El acuerdo Nº 31 del Concejo tomado en Sesión Extraordinaria Nº 15, de fecha 22 de septiembre de 2008, mediante el cual se acuerda se inicie un proceso de enmienda para modificar la Zona Z-1 del Plan Regulador vigente conforme a la indicación dada por el Director de Obras Municipales en su Memorándum Nº 550, del 16 de septiembre de 2008.
    La publicación efectuada con fecha 27 de septiembre de 2008, en el diario local "La Ciudad", destinada a difundir y analizar la enmienda a la Zona Z-1.
    El Certificado Nº 16, del 26 de septiembre, del Secretario Municipal, mediante el cual acredita que el Consejo Económico y Social Comunal (CESCO) no se encuentra formado.
    El Memorándum Nº 670, del 10 de noviembre de 2008, de la Dirección de Obras Municipales, mediante el cual se informa que se ha cumplido el plazo de exposición y publicación de la enmienda y que durante dicho período no existieron consultas ni oposiciones por la ciudadanía.
    El Memorándum Nº 648, del 14 de noviembre de 2008, del Secretario Municipal, mediante el cual se acuerda aprobar la enmienda para la Zona Z-1.
    El Ord. Nº 1090/03/370/2009, de fecha 13 de julio de 2009, enviado a Seremi de Vivienda y Urbanismo.
    El Ord. Nº 1619 enviado por Minvu informando favorablemente proceso de enmienda PRC Constitución.
    El Memorándum Nº 553, de fecha 28 de octubre de 2009, donde el Sr. Alcalde instruye decretar enmienda al Plan Regulador vigente.
    Lo establecido en el D.F.L. Nº 458, de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, lo dispuesto en los artículos 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 65 letra b) y 79 letra b) de la ley 18.695 y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 12, 56 y 63 de la citada Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:

    Apruébese la enmienda para aumentar el porcentaje de ocupación de suelo para la Zona Z-1 del Plan Regulador vigente en un 20%, pasando del actual 80% a un 100%, tanto para Vivienda como para Equipamiento, por cuanto se sustituye el algoritmo del artículo 19 de la Ordenanza Local del Plan Regulador vigente de 80% por el de 100%.
    Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    Archívense los antecedentes en el Municipio y en el Conservador de Bienes Raíces de Constitución.
    Remítase copia de este decreto y demás antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Séptima Región del Maule, y a la División de Desarrollo Urbano del mismo Ministerio, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Hugo Tillería Torres, Alcalde.- Alda Nery Véliz Syfrig, Secretario Municipal.