1.- Modifíquese la ordenanza municipal Nº 430, de fecha 9 de abril de 2009, en el artículo Nº 12, letra a), en el sentido que donde dice: "por 1 máquina, deberá pagar 3 UTM por semestre o fracción, por cada una de ellas", debe decir: "por una (1) máquina, deberá pagar 1 UTM por semestre o fracción, por cada una de ellas".

    2.- Autorícese a la Dirección de Asesoría Jurídica, para que dicte el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ordenanza Municipal Juegos de Entretención Electrónica y Destreza.

    3.- La presente ordenanza comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio que para su divulgación se practique la respectiva publicación en un diario local y en la página web del municipio.