MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL Nº345, DE 2002, QUE FIJA REGLAMENTO SOBRE INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN, COMPETENCIAS Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL COMUNAL C.E.S.C.O.

    Iquique, 20 de octubre de 2009.- La Sra. Alcalde(S), con esta misma fecha, ha dictado la siguiente Ordenanza.- Núm. 438.- Vistos:

    Ordenanza Municipal Nº345, de fecha 6 de septiembre de 2002, que fija el Reglamento sobre Integración, Organización, Competencias y Funcionamiento del Consejo Económico y Social Comunal - C.E.S.C.O.

    Certificado Nº503/09, de fecha 14 de octubre de 2009, suscrito por la Sra. Secretaria Municipal y Secretaria del Concejo Municipal, informando sobre Acuerdo Nº538/09, de fecha 13 de octubre de 2009, que aprueba modificación al Reglamento sobre Integración, Organización, Competencias y Funcionamiento del Concejo Económico y Social Comunal.

    Decreto Alcaldicio, materia de Departamento de Personal Nº243, de fecha 19 de octubre de 2009, que designa como Alcalde (S) de la comuna de Iquique a doña María Angélica Vega Pinto.

    Decreto Alcaldicio, materia de Departamento de Personal Nº244, de fecha 19 de octubre de 2009 que designa como Secretario Municipal (S) de la comuna de Iquique a don Guillermo Cerda Albornoz.

    Y, en ejercicios de las facultades que me confiere la Ley Nº18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de las Municipalidades y modificaciones posteriores.

    Considerando:

    1.- La constante y permanente evolución de los entes participativos de la comunidad, y organizaciones que desarrollan actividades relevantes en la comuna, en especial de los planteles de educación superior;

    2.- La necesidad de adecuar la ordenanza respectiva al creciente número de universidades en la comuna;

    3.- El estricto apego a la normativa legal y reglamentaria por parte de esta administración municipal,


    Ordeno:

    1.- Modifíquese la Ordenanza Municipal Nº345, de fecha 6 de septiembre de 2002, en su letra e), del artículo 4º, en el sentido que donde dice: "Un consejero representante de la Universidad Arturo Prat", debe decir: "Un consejero representante de alguna universidad con sede en la región".

    2.- Autorícese a la Dirección de Asesoría Jurídica, para que dicte el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento sobre Integración, Organización, Competencias y Funcionamiento del Consejo Económico y Social Comunal.

    3.- La presente ordenanza comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio que para su divulgación se practique la respectiva publicación en un diario local y en la página web del municipio.

    María Angélica Vega Pinto, Alcalde (S).- Guillermo Cerda Albornoz, Secretario Municipal (S).

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines que haya lugar.- Le saluda atentamente a Ud., Guillermo Cerda Albornoz, Secretario Municipal (S).