Artículo 3º.- Agréguese un inciso segundo al artículo 70 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, señalando lo siguiente:

    "Las vías de Servicios y Locales, informadas en el cuadro Nº 3 de la presente Ordenanza, se entenderán como indicativas y tendrán declaratoria de utilidad pública en los términos establecidos en el Art. 33 de la Ley 18.695 Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades".