APRUEBA MODIFICACIÓN N°2 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUECHURABA

    Decreto Nº1.805, Huechuraba, 25 de septiembre de 2009.- La Alcaldía decretó hoy: Vistos y Teniendo Presente: los decretos alcaldicios N°s 511, 1.391, 1.738, 1.292 y 1.686 de fechas 10.04.2008, 14.08.2008, 17.07.2009, 17.07.2009 y 10.09.2009; el Oficio Ord. N°4129 de 25.09.2009 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo; el Oficio Ord. N°961 del 25.09.2009 de Secretaría Comunal de Planificación; Oficio Ord. Nº1346 del 25.09.2009 de Alcaldía; el artículo 45, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la exposición del Sr. asesor urbanista de la Municipalidad de Huechuraba; los artículos 3º letra b, 6º letra b y 65 letra b de la ley Nº18.695; y en uso de las facultades que confiere la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:

    1º: Apruébase la modificación N°2 al Plan Regulador Comunal de Huechuraba, de conformidad al informe técnico favorable emitido a través del Ordinario Nº4129 de 25 de septiembre de 2009, del Secretario Regional Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, y que consiste en la modificación "M2PRCH, Prórroga Declaratoria de Utilidad Pública de los Terrenos destinados a Vías Colectoras", de acuerdo al texto que a continuación se indica:

 

    Artículo 1º.- Modifícase el Plan Regulador Comunal de Huechuraba, aprobado por la Municipalidad de Huechuraba mediante decreto Nº 1.314, de fecha 19 de agosto de 2004, publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de septiembre de 2004, y sus modificaciones posteriores, en el sentido de reclasificar una vía y de prorrogar por cinco años la Declaratoria de Utilidad Pública de los terrenos destinados a la vialidad estructurante comunal, referidos a las vías denominadas colectoras, graficadas en el plano Nº M2PRCH-HUE/2009, que es parte de la memoria explicativa de la presente modificación y que se señalan en el cuadro incorporado a continuación del artículo 2º de este texto aprobatorio, denominado "Cuadro de Vías Colectoras que se prorrogan".



    Artículo 2º.- Modifícase la clasificación de la vía denominada Avenida El Carmen, Avenida Las Torres y Avenida Santa Clara en todos los tramos señalados en el cuadro 3: vialidad estructurante comunal, en el Nº 3 "Vías Comunales", en la columna de "Observaciones" del artículo 72 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, reemplazando la categoría de Vía Troncal por la de "Vía Colectora".

    VER DIARIO OFICIAL DE 29.09.2009, PÁGINAS 7-8.


    Artículo 3º.- Agréguese un inciso segundo al artículo 70 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, señalando lo siguiente:

    "Las vías de Servicios y Locales, informadas en el cuadro Nº 3 de la presente Ordenanza, se entenderán como indicativas y tendrán declaratoria de utilidad pública en los términos establecidos en el Art. 33 de la Ley 18.695 Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades".

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial junto a la ordenanza local respectiva, y a su archivo en el Conservador de Bienes Raíces, en el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Dirección de Obras, Secretaría Municipal, y del expediente en Asesoría Urbana, y transcríbase el presente decreto a los departamentos municipales, hecho, archívese.- María Carolina Plaza Guzmán, Alcaldesa de Huechuraba.