MODIFICA DECRETO Nº 559 EXENTO, DE 1997

    Núm. 782 exento.- Rancagua, mayo 11 de 1998.- Considerando:

    1.- Que, mediante el decreto exento Nº559, de fecha 24 de marzo de 1997, se fijó el texto refundido de la Ordenanza Local de Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios de la comuna de Rancagua.

    2.- Que, mediante los decretos exentos números 999, de fecha 23 de mayo y 2499, de fecha 26 de diciembre de 1997  y 134 de fecha 19 de enero de 1998, se modificó el decreto exento Nº559/97, mencionado en el considerando Nº1 precedente.

    3.- Que, mediante el ordinario número 222, de fecha 04 de mayo de 1998, la Dirección de Obras Municipales solicita autorización para modificar la ordenanza antes señalada.

    4.- Que, en sesión ordinaria número 72, de fecha 05 de mayo último, el Concejo Municipal acordó por la unanimidad de sus miembros asistentes aprobar la modificación propuesta por la Dirección de Obras, a la Ordenanza Local de Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios de la comuna de Rancagua, y

    Vistos: Las facultades que me confiere la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la resolución Nº55, de 1992, de la Contraloría General de la República.

    D e c r e t o:


    I.- Modifícase el decreto exento Nº555, de fecha 24 de marzo de 1997, que fijó el texto refundido de la Ordenanza Local de Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios de la comuna de Rancagua, en la forma como se indica a continuación:

a) En el artículo 20º, agréguese el siguiente Nº23, nuevo:

    ''23: Fusiones de terrenos, 2% del Avalúo Fiscal de la sumatoria de los avalúos fiscales de los terrenos a fusionar''.

    II.- En todo lo no modificado, rigen las tasas contenidas en el decreto exento Nº559, de fecha 24 de marzo de 1997, modificado por los decretos exentos números 999, del 23 de mayo, y 2.499, de fecha 26 de diciembre de 1997, y 134, de fecha 19 de enero de 1998.

    III.- Publíquese en un diario de circulación regional, de acuerdo al artículo 43º de la Ley de Rentas Municipales, modificado por la ley Nº19.388.

    Anótese, comuníquese, publíquese  y archívese.- Darío Valenzuela Van Treek, Alcalde .- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.