COMPLEMENTA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA OCUPACIÓN DE INMUEBLES EMPLAZADOS EN EL PARQUE NICOLÁS TIRADO Nº001/2007

    Núm. 002/2009.- Antofagasta, 1 de julio de 2009.- Vistos:

    1. La necesidad de actualizar la Ordenanza Nº001/2007, la cual fue dictada con fecha 16 de enero de 2007 que reglamenta la ocupación de inmuebles (locales comerciales, cafeterías y servicios higiénicos) emplazados en el Parque Nicolás Tirado.

    2. El Certificado Nº196/2009, de fecha 23 de junio de 2009, por el cual la Sra. Secretaria Municipal (S) certifica que en sesión extraordinaria Nº07, efectuada con fecha 19 de junio de 2009, el Concejo Municipal prestó su acuerdo para efectuar la presente modificación.

    3. Lo dispuesto en el decreto ley Nº3.063 sobre Rentas Municipales y las facultades legales que me confiere el artículo 63, letra i) del decreto con fuerza de ley 1719.704 que fijó el texto refundido de la ley Nº18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar lo siguiente:

COMPLEMENTACIÓN DE LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA OCUPACIÓN DE INMUEBLES EMPLAZADOS EN EL PARQUE NICOLÁS TIRADO Nº001/2007

    Agréguese el Artículo Noveno al Capítulo II, denominado De los permisos, y cuyo tenor es el siguiente:

    Artículo noveno: "Complementando lo dispuesto en el artículo 3º y 3º bis de la presente Ordenanza, se faculta al(la) Alcalde(sa) para otorgar excepcionalmente permisos gratuitos a servicios públicos o entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro, respecto de alguno de los inmuebles (locales comerciales, cafeterías y servicios higiénicos) ubicados en el Parque Nicolás Tirado, quedando a su criterio determinar el tiempo de duración mediante una resolución debidamente fundada, en razones de interés general, con un plazo máximo de hasta 5 años".

    Marcela Hernando Pérez, Alcaldesa.- Rossana Tomicic Araya-Lamas, Secretaria Municipal (S).