DICTA ORDENANZA SOBRE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

    Puente Alto, 29 de Mayo del 2009.- En Sesión Ordinaria N°14 efectuada el día 07 de Mayo del año en curso, y de conformidad a la Ley Nº18.695, el Concejo Municipal de Puente Alto, dio su aprobación a la Dictación de la Ordenanza Nº20 sobre Empresas Contratistas y Subcontratistas, la que entrará a regir a partir de la fecha de su publicación:

    Las disposiciones más relevantes de la referida Ordenanza son las siguientes:

    TITULO I

    Generalidades y organigrama

    Artículo 1º: La presente Ordenanza establece los procedimientos administrativos, requerimientos y obligaciones en Prevención de Riesgos que deben cumplir las Empresas Contratistas y Subcontratistas, durante el desarrollo de actividades y/o servicios contratados por la Municipalidad de Puente Alto, a fin de garantizar a todos sus trabajadores condiciones de higiene y seguridad adecuadas. Asimismo, regula los requerimientos de control de riesgos y procedimientos de control interno que deben cumplir las referidas empresas. Finalmente, establece la responsabilidad de las diferentes unidades involucradas en la administración de estos contratos.

    Artículo 2º: Señala que todo personal de las empresas Contratistas y Subcontratistas que realicen trabajos en la Municipalidad de Puente Alto deberán someterse a esta Reglamentación.

    Artículo 3º: Señala será exigible a todo el personal de empresas contratistas y subcontratistas de obras y/o servicios que ejecuten trabajos, estas disposiciones también deben ser cumplidas por el personal de la Municipalidad de Puente Alto que participe en los trabajos.

    Artículo 4º: Para los efectos de la presente Ordenanza, se establecen determinadas definiciones.

    Artículo 5º: Señala que la Municipalidad tendrá la responsabilidad de la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGST).

    Artículo 6º: Establece en las bases de propuestas de adjudicación se incluirán los requisitos que deberán cumplir las Empresas Contratistas y Subcontratista en materias de Prevención de Riesgos Laborales.

    Artículo 7º: Establecerá las prohibiciones que se impondrán a las empresas Contratistas y Subcontratistas, con la finalidad de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en la obra, faena o servicios.

    Artículo 8º: Establece las sanciones aplicables a las empresas Contratistas y Subcontratistas, por infracciones a las disposiciones establecidas en esta Ordenanza.

    Artículo 9º: Señala que adjudicada la propuesta a la Empresa Contratista, la unidad que solicita el servicio, le hará entrega de un ejemplar de esta Ordenanza.

    Artículo 10º: Establece que la Municipalidad explicitará los mecanismos para verificar el cumplimiento, de las disposiciones contenidas en esta Ordenanza.

    Artículo 11º: Establece que durante la ejecución de la obra o prestación de servicios por la empresa Contratista, la Unidad de Prevención de Riesgos de la Empresa, efectuará acciones que permitan verificar el cabal cumplimiento de las normas y procedimientos de Prevención de Riesgos que la obra, el trabajo o el servicio específico requiera.

    TITULO II

    De los contratistas

    Artículo 12º: El Contratista junto con entregar todos los antecedentes solicitados por la posible adjudicación de la obra, trabajo y/o servicios a realizar en la Empresa, deberá adjuntar la información solicitada en el anexo Nº 1.

    Artículo 14º: Indica que toda empresa Contratista que suscriba un contrato con la Municipalidad de Puente Alto, deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, así como también las establecidas en la Ley Nº 16.744.

    Artículo 15º: Señala que las Empresas contratistas y subcontratistas deberán informar mensualmente a la Municipalidad sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos corresponda respecto de sus trabajadores; mediante certificado emitido por la respectiva inspección del trabajo.

    En los artículos 16, 17, 18, 19, 20,21,22,23,24,25 y 26 se consigan diversas obligaciones de las entidades sometidas a esta Ordenanza.

    TITULO III

    Registro actualizado de antecedentes

    Artículo 27º: La Municipalidad de Puente Alto, para efectos de planificar y dar cumplimiento a sus obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, deberá mantener en la faena, obra o servicio y por el tiempo que éstos se extiendan, un registro actualizado de antecedentes, en papel y/o soporte digital, que deberá contener las menciones que ahí se consigna.

    TITULO IV

    Del Comité Paritario de Faena y del Departamento de Prevención de Faena.

    Artículo 29º: Las empresas Contratistas y Subcontratistas deberán participar activamente en el Comité Paritario de Faena y en el Departamento de Prevención de Riesgos de Faena de la Empresa Principal, cuando así corresponda, debiendo otorgar las facilidades necesarias a sus trabajadores para que participen en las actividades del Comité Paritario de Faena, y cumplir con los acuerdos y adoptar las medidas de prevención que les indiquen el Comité Paritario de Faena y el Departamento de Prevención de Faena.
    Todo lo anterior, conforme a las normas contenidas en los Anexos A y B del presente Reglamento.

    Titulo V

    Normas y Procedimientos

    Artículo 30º: Establece el ámbito normativo al que se encuentran sometidas tanto la Empresa Principal como las empresas Contratistas y Subcontratistas a las que se refiere esta Ordenanza.

    TITULO VI

    Procedimientos de Seguridad

    En los artículos 31, 32 y 33 se regulan los Procedimientos de Seguridad contemplados en esta Ordenanza y se reconocen como parte integrante de la misma, los siguientes Anexos:

    ANEXO A COMITÉ PARITARIO DE FAENA. ANEXO B DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCION DE RIESGOS DE FAENA. ANEXO Nº1 REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO. ANEXO N° 2 ENCARGADOS DE IMPLEMENTAR Y MANTENER EN FUNCIONAMIENTO EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST. ANEXO N° 3 COMPROBANTE DE RECIBO DEL REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA CONTRATISTAS. ANEXO N° 4 FORMULARIO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTE. ANEXO N° 5 FORMULARIO DE NOTIFICACIÓN INMEDIATA DE ACCIDENTE DEL TRABAJO FATAL O GRAVE (Formato del Ministerio de Salud SUSESO)

    Artículo 34º: Faculta al Alcalde para dictar texto actualizado de la presente Ordenanza, una vez aprobadas las correspondientes modificaciones por parte del Honorable Concejo Municipal.-



NOTA
      La Ordenanza 20, Municipalidad de Puente Alto, publicada el 01.04.2011, viene a modificar la presente Ordenanza en el sentido que ella indica.

    Registrese, publíquese y archívese.- Manuel José Ossandón Irarrazábal, Alcalde; Miguel Ángel Román Azar, Secretario Municipal
    Texto íntegro de la presente Ordenanza a disposición de los interesados en Oficina de Partes.- Miguel Ángel Román Azar, Secretario Municipal.