MODIFICA ORDENANZA Nº65 DE 2007, SOBRE "CONDICIONES NECESARIAS PARA LA FIJACIÓN DE TARIFAS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCIÓN DE BASURAS Y EXENCIONES TOTAL Y PARCIAL"
Núm. 80.- Providencia, 1 de junio de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12 y 63 letra i) de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
Considerando:
1.- Que por ordenanza Nº65 de 19 de noviembre de 2007, se fijó la Ordenanza sobre Condiciones Necesarias para la Fijación de Tarifas del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras y Exenciones Total y Parcial, modificada por ordenanza Nº75 de 14 de octubre de 2008 y cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por decreto alcaldicio Ex. Nº630 de 23 de marzo de 2009.
2.- El Memorándum Nº21.543 de 30 de septiembre de 2008, de la Directora de Desarrollo Comunitario.
3.- El Informe Nº231 de 1 de abril de 2009, del Director Jurídico.
4.- El Memorándum Nº8.871 de 28 de abril de 2009, del Director de Control.
5.- El Acuerdo Nº117 de la Sesión Ordinaria Nº22 de 27 de mayo del Concejo Municipal.
O r d e n a n z a:
1.- Modifícase la Ordenanza Nº65 de 19 de noviembre de 2007, sobre "Condiciones Necesarias para la Fijación de Tarifas del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras y Exenciones Total y Parcial", cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por decreto alcaldicio Ex. Nº630 de 23 de marzo de 2009, en el siguiente sentido:
1.1. Sustitúyase en el artículo 30 inciso tercero las palabras "pensiones asistenciales" por "pensiones básica solidarias".
2.- En lo no modificado continúa vigente el decreto alcaldicio Ex. Nº630 de 23 de marzo de 2009.
3.- La Secretaría Municipal elaborará el texto refundido de la presente ordenanza.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal (S).
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal (S).