CAMBIA SENTIDO DEL TRÁNSITO TRANSITORIO, EN CALLE SALITRERA VICTORIA

    Iquique, 14 de mayo de 2009.- El Sr. Alcalde(S), con esta misma fecha, ha dictado la siguiente ordenanza:
    Núm. 433.- Vistos: Ordenanza Municipal N° 239, de fecha 26 de abril de 2009, sobre sentido de tránsito de la calle Salitrera Victoria.
    Plano Modificación Vial Av. Oficina Salitrera Victoria de fecha 16 de marzo de 2009 de Zofri S.A.
    Ord. N° 238/2009 de fecha 17 de marzo de 2009 del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Tarapacá al Sr. Director de Tránsito y Transporte Público de la I.M.I.
    Certificado N° 200/09 de fecha 14 de abril de 2009 suscrito por la Sra. Secretaria Municipal y Secretaria del Concejo Municipal, informando sobre Acuerdo N° 209/09, de fecha 13 de abril de 2009, que cambió sentido de tránsito transitorio.
    Decreto alcaldicio, materia de Departamento de Personal N° 99, de fecha 11 de mayo de 2009, que designa como alcalde(S) de la comuna de Iquique al Sr. Mauricio Soto Vidal.
    Decreto Alcaldicio, materia de Departamento de Personal N° 104, de fecha 13 de mayo de 2009, que designa como Secretario Municipal(S) de la comuna de Iquique al Sr. Guillermo Cerda Albornoz.
    Y, en ejercicios de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de las Municipalidades y modificaciones posteriores.

    Considerando:

    La necesidad de regular el tránsito en una importante arteria del sector de Zona Franca, en el contexto de la construcción de los nuevos estacionamientos de ese centro comercial; y

    Que, el cambio de sentido transitorio de la avenida transitoria ha sido abordado desde perspectivas técnicas, y de eficiencia de las vías, en cuyo acuerdo han participado el municipio local, Zofri S.A., y la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Tarapacá,

    O r d e n o:

    1. Cámbiese sentido del tránsito transitorio, en calle Salitrera Victoria, sector Zona Franca, entre Av. Centenario y Puerta N° 1 de Zofri, quedando ambas pistas en dirección Poniente a Oriente.
    Cabe señalar, que el período transitorio se entenderá el tiempo que dure la construcción del estacionamiento que está llevando a cabo Zofri S.A.; del mismo modo, se considera a futuro una vez regularizado el doble sentido de tránsito, Zofri S.A. deberá instalar un semáforo.
    2.- Zona Franca de Iquique S.A., será la encargada de implementar esta medida, para lo cual deberá instalar la señalización reglamentaria correspondiente.
    3. La Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Iquique, deberá fiscalizar la instalación de la señalización reglamentaria correspondiente.
    4. La presente Ordenanza Municipal comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, en un diario local y en el portal del municipio, esto es, www.municipioiquique.com.


    Mauricio Soto Vidal, Alcalde(S).- Guillermo Cerda Albornoz, Secretario Municipal(S).
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines que haya lugar.- Le saluda atentamente a Ud., Guillermo Cerda Albornoz Secretario Municipal(S).