<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="60397" esTratado="tratado" fechaVersion="1997-01-22" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="1996-11-11" fechaPublicacion="1997-01-22">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Decreto</Tipo>
        <Numero>1655</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>PROMULGA EL ACUERDO CON ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO  "FOMENTO DE LA MICROEMPRESA"</TituloNorma>
    <Materias>
      <Materia>Fomento de la Microempresa Chile-Alemania</Materia>
    </Materias>
    
    <PaisesTratados>
      <PaisTratado>Alemania</PaisTratado>
    </PaisesTratados>
    <TipoTratado>bilateral</TipoTratado>
    <FechaTratado>1996-11-08</FechaTratado>
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>35672</NumeroFuente>
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  <Encabezado fechaVersion="1997-01-22" derogado="no derogado">
    <Texto>PROMULGA EL ACUERDO CON ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO  "FOMENTO DE LA MICROEMPRESA"

     N&#250;m. 1.655.- Santiago, 11 de noviembre de 1996.- Vistos: Los art&#237;culos 32, N&#186; 17, y 50, N&#186; 1), inciso segundo, de la Constituci&#243;n Pol&#237;tica de la Rep&#250;blica.

     Considerando:

     Que por Cambio de Notas de fechas 20 de abril de 1995 y 8 de noviembre de 1996 los Gobiernos de la Rep&#250;blica de Chile y de la Rep&#250;blica Federal de Alemania adoptaron el Acuerdo sobre el proyecto "Fomento de la Microempresa".

     Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica y T&#233;cnica, suscrito el 18 de octubre de 1968 y publicado en el Diario Oficial de 27 de diciembre de 1969.

     D e c r e t o:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="1997-01-22" derogado="no derogado" idParte="6029065">
      <Texto>
     Art&#237;culo &#250;nico.- Prom&#250;lgase el Acuerdo entre el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile y el Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania sobre el proyecto "Fomento de la Microempresa", adoptado por Cambio de Notas de fechas 20 de abril de 1995 y 8 de noviembre de 1996; c&#250;mplase y ll&#233;vese a efecto como Ley y publ&#237;quese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">UNICO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="1997-01-22" derogado="no derogado">
    <Texto>
     An&#243;tese, t&#243;mese raz&#243;n, reg&#237;strese y publ&#237;quese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la Rep&#250;blica.- Jos&#233; Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores. Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Cristi&#225;n Barros Melet, Embajador, Director General Administrativo. </Texto>
  </Promulgacion>
  <Anexos>
    <Anexo fechaVersion="1997-01-22" derogado="no derogado" idParte="6029067" transitorio="no transitorio">
      <Metadatos>
        <Titulo>&#160;</Titulo>
        
      </Metadatos>
      <Texto>
     Santiago, 8 de noviembre de 1996

Se&#241;or Embajador:

     Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en relaci&#243;n con su Nota de fecha 20 de abril de 1995, en la que propone la suscripci&#243;n de un Acuerdo redactado en los siguientes t&#233;rminos:


"Se&#241;or Ministro:

Con referencia a las negociaciones intergubernamentales celebradas en Santiago de Chile los d&#237;as  1 y 2 de junio de 1993 y en cumplimiento del Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica  y T&#233;cnica del 18 de octubre de 1968, tengo el honor de proponer a Ud., Se&#241;or Ministro, en nombre del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Fomento de la Microempresa":

1.   El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania y el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile cooperar&#225;n en el fomento de la microempresa. El objeto de la cooperaci&#243;n conforme al presente Acuerdo ser&#225; capacitar al Fondo de Solidaridad e Inversi&#243;n Social (FOSIS) en materia de concepci&#243;n, coordinaci&#243;n, m&#233;todos y ejecuci&#243;n de programas de fomento.

2.   Aportaciones del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania:

    (1) a) Enviar&#225;

           - un experto internacional a largo plazo para la coordinaci&#243;n del proyecto y para el fomento de la entidad ejecutora, por un total de hasta 36 meses/experto;

           - expertos internacionales en misi&#243;n a corto plazo para tareas de asesoramiento y formaci&#243;n en el sector financiero, por un total de hasta 17 meses/experto;

        b) pondr&#225; a disposici&#243;n en el lugar del proyecto

           - expertos locales a largo plazo para tareas de asesoramiento en las regiones, por un total de hasta 72 meses/experto,

           - personal t&#233;cnico y auxiliar local (secretarias) por un total de hasta 36 meses/experto,

           - expertos locales en misi&#243;n a corto plazo por un total de hasta 20 meses/experto;

        c) Suministrar&#225; bienes de equipo, en especial

           - un autom&#243;vil y equipo de oficina por un valor total de hasta 90.000,- DM (en letras: noventa mil Deutsche Mark),

           - servicios externos (material did&#225;ctico, manuales, equipo para las pr&#225;cticas, subvenciones para cursos y seminarios) por un valor total de hasta 1.100.000,- DM (en letras: un mill&#243;n cien mil Deutsche Mark).

    (2) Asumir&#225; los gastos de

        a) alojamiento de los expertos enviados y de sus familiares, en tanto estos gastos no corran a cargo de los expertos mismos;

        b) los viajes de servicio de los expertos enviados y de los expertos contratados en el lugar del proyecto, dentro y fuera de la Rep&#250;blica de Chile;

        c) transporte y seguro del material mencionado en el subp&#225;rrafo 1, letra c, hasta el lugar del proyecto, quedando eximidos del pago de todos los derechos aduaneros y de otros grav&#225;menes, prohibiciones y restricciones sobre la importaci&#243;n y exportaci&#243;n as&#237; como de cualquier otra especie de cargas fiscales, en conformidad a lo dispuesto en el art&#237;culo 7 en relaci&#243;n con los n&#250;meros 1, letra b), y 2 del art&#237;culo 2 del Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica y T&#233;cnica, del 18 de octubre de 1968.

    (3) Est&#225; dispuesto a perfeccionar a expertos contrapartes en el sector financiero fuera del proyecto, pero dentro de Am&#233;rica Latina, por un total de hasta 20 meses/experto; a su regreso dichos expertos trabajar&#225;n en el proyecto en cuesti&#243;n y proseguir&#225;n aut&#243;nomamente las tareas de los expertos enviados por un per&#237;odo m&#237;nimo de tres a&#241;os.

3.   Aportaciones del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile:

    (1) Pondr&#225; a disposici&#243;n

        a) los expertos y auxiliares necesarios;

        b) los locales de oficina y seminarios necesarios, incluyendo su equipo y una secretaria local.

    (2) a) Asumir&#225; los gastos de operaci&#243;n y de formaci&#243;n ocasionados en el lugar del proyecto;

        b) llevar&#225; a cabo las siguientes medidas:

           - coordinaci&#243;n del proyecto con otras entidades y organizaciones relevantes para la ejecuci&#243;n del proyecto, tales como bancos/instituciones financieras, instituciones estatales, ministerios, fondos de garant&#237;a, universidades, etc.,

           - planificaci&#243;n, armonizaci&#243;n y organizaci&#243;n de medidas de formaci&#243;n y perfeccionamiento y puesta a disposici&#243;n de expertos id&#243;neos;

        c) garantizar&#225; una planificaci&#243;n presupuestaria propia y diferenciada para asegurar la tramitaci&#243;n ininterrumpida y la continuidad del programa una vez terminado el fomento.


4.   Tareas de los expertos enviados:

     Los expertos enviados asesorar&#225;n y apoyar&#225;n a sus hom&#243;logos chilenos en la realizaci&#243;n de las siguientes tareas:

     - Asesoramiento al Fondo de Solidaridad e Inversi&#243;n Social (FOSIS) en la elaboraci&#243;n y ejecuci&#243;n de un plan de fomento de la microempresa en el marco del mandato institucional,

     - coordinaci&#243;n de las actividades de fomento y recopilaci&#243;n de las experiencias acumuladas en materia de ejecuci&#243;n por otras organizaciones para integrarlas en un plan global,

     - asesoramiento, apoyo y perfeccionamiento de las organizaciones ejecutoras participantes,

     - formaci&#243;n de personal docente adecuado,

     - contactos con todas las instituciones y organizaciones estatales y privadas relevantes en el marco del proyecto, tanto a nivel central como a nivel regional,

     - apoyo con vistas a la implantaci&#243;n de mecanismos de comunicaci&#243;n interinstitucional.

5.   El material suministrado para el proyecto por encargo del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania pasar&#225; a su llegada a Chile a la propiedad de la Rep&#250;blica de Chile. El material estar&#225;  enteramente a disposici&#243;n del proyecto y de los expertos enviados para el cumplimiento de sus tareas.

6.  (1) El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania conf&#237;a la realizaci&#243;n de sus aportaciones a la Deutsche Gesellschaft f&#252;r Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, Eschborn.

    (2) El Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile conf&#237;a la realizaci&#243;n del proyecto al FOSIS.

    (3) Los organismos encargados conforme a los subp&#225;rrafos 1 y 2 podr&#225;n fijar conjuntamente, en un plan operativo o de otra manera adecuada, los detalles de la realizaci&#243;n del proyecto y adaptarlos, en caso necesario, al desarrollo del mismo.

7.   Por lo dem&#225;s se aplicar&#225;n tambi&#233;n al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica y T&#233;cnica del 18 de octubre de 1968.

     En caso de que el Gobierno de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los p&#225;rrafos 1 a 7, esta Nota y la Nota de respuesta de Ud. en la que conste la conformidad de su Gobierno constituir&#225;n un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrar&#225; en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

     Aprovecho la ocasi&#243;n para reiterar a Ud., Se&#241;or Ministro, el testimonio de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n".

     En respuesta, tengo el honor de comunicar a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile, la aceptaci&#243;n del contenido de su Nota, la que, junto con la presente, constituir&#225;n un Acuerdo entre los Gobiernos de la Rep&#250;blica de Chile y de la Rep&#250;blica Federal de Alemania, que entrar&#225; en vigor en la fecha de la presente Nota.

     Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n.

     Jos&#233; Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.


Al excelent&#237;simo Se&#241;or
Dr. Werner Reichenbaum
Embajador de la Rep&#250;blica Federal 
de Alemania
Presente

     Conforme con su original.- Mariano Fern&#225;ndez Amun&#225;tegui, Subsecretario  de Relaciones Exteriores.

El Embajador 
de la Rep&#250;blica Federal de Alemania


Santiago de Chile, 20 de abril de 1995

Se&#241;or Ministro:

Con referencia a las negociaciones intergubernamentales celebradas en Santiago de Chile los d&#237;as 1 y 2 de junio de 1993 y en cumplimiento del Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica y T&#233;cnica del 18 de octubre de 1968, tengo el honor de proponer a Ud., Se&#241;or Ministro, en nombre del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Fomento de la Microempresa":


1.   El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania y el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile cooperar&#225;n en el fomento de la microempresa. El objeto de la cooperaci&#243;n conforme al presente Acuerdo ser&#225; capacitar al Fondo de Solidaridad e Inversi&#243;n Social (FOSIS) en materia de concepci&#243;n, coordinaci&#243;n, m&#233;todos y ejecuci&#243;n de programas de fomento.

2.   Aportaciones del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania:

    (1) a) Enviar&#225;
           - un experto internacional a largo plazo para la coordinaci&#243;n del proyecto y para el fomento de la entidad ejecutora, por un total de hasta 36 meses/experto;

           - expertos internacionales en misi&#243;n a corto plazo para tareas de asesoramiento y formaci&#243;n en el sector financiero, por  un total de hasta 17 meses/experto;

        b) pondr&#225; a disposici&#243;n en el lugar del proyecto

           - expertos locales a largo plazo para tareas de asesoramiento en las regiones, por un total de hasta 72 meses/experto,

           - personal t&#233;cnico y auxiliar local (secretarias) por un total de hasta 36 meses/experto;

           - expertos locales en misi&#243;n a corto plazo por un total de hasta 20 meses/experto,

        c) suministrar&#225; bienes de equipo, en especial

           - un autom&#243;vil y equipo de oficina por un valor total de hasta 90.000,- DM (en letras: noventa mil Deutsche Mark),

           - servicios externos (material did&#225;ctico, manuales, equipo para las pr&#225;cticas, subvenciones para cursos y seminarios) por un valor total de hasta 1.100.000,- DM (en letras: un mill&#243;n cien mil Deutsche Mark).

    (2) Asumir&#225; los gastos de

        a) alojamiento de los expertos enviados y de sus familiares, en tanto estos gastos no corran a cargo de los expertos mismos;

        b) los viajes de servicio de los expertos enviados y de los expertos contratados en el lugar del proyecto, dentro y fuera de la Rep&#250;blica de Chile;

        c) transporte y seguro del material mencionado en el subp&#225;rrafo 1, letra c, hasta el lugar del proyecto, quedando eximidos del pago de todos los derechos aduaneros y de otros grav&#225;menes, prohibiciones y restricciones sobre la importaci&#243;n y exportaci&#243;n as&#237; como de cualquier otra especie de cargas fiscales, en conformidad a lo dispuesto en el art&#237;culo 7 en relaci&#243;n con los n&#250;meros 1, letra b), y 2 del art&#237;culo 2 del Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica y T&#233;cnica, del 18 de octubre de 1968.

    (3) Est&#225; dispuesto a perfeccionar a expertos contrapartes en el sector financiero fuera del proyecto, pero dentro de Am&#233;rica Latina, por un total de hasta 20 meses/experto; a su regreso dichos expertos trabajar&#225;n en el proyecto en cuesti&#243;n y proseguir&#225;n aut&#243;nomamente las tareas de los expertos enviados por un per&#237;odo m&#237;nimo de tres a&#241;os.

3.   Aportaciones del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile;

    (1) Pondr&#225; a disposici&#243;n

        a) los expertos y auxiliares necesarios;

        b) los locales de oficina y seminarios necesarios, incluyendo su equipo y una secretaria local.

    (2) a) Asumir&#225; los gastos de operaci&#243;n y de formaci&#243;n ocasionados en el lugar del proyecto;

        b) llevar&#225; a cabo las siguientes medidas:

           - coordinaci&#243;n del proyecto con otras entidades y organizaciones relevantes para la ejecuci&#243;n del proyecto, tales como bancos/instituciones financieras, instituciones estatales, ministerios, fondos de garant&#237;a, universidades, etc.,

           - planificaci&#243;n, armonizaci&#243;n y organizaci&#243;n de medidas de formaci&#243;n y perfeccionamiento y puesta a disposici&#243;n de expertos id&#243;neos;

        c) garantizar&#225; una planificaci&#243;n presupuestaria propia y diferenciada para asegurar la tramitaci&#243;n ininterrumpida y la continuidad del programa una vez terminado el fomento.

4.   Tareas de los expertos enviados:

     Los expertos enviados asesorar&#225;n y apoyar&#225;n a sus hom&#243;logos chilenos en la realizaci&#243;n de las siguientes tareas:

     - Asesoramiento al Fondo de Solidaridad e Inversi&#243;n Social (FOSIS) en la elaboraci&#243;n y ejecuci&#243;n de un plan de fomento de la microempresa en el marco del mandato institucional,

     - coordinaci&#243;n de las actividades de fomento y recopilaci&#243;n de las experiencias acumuladas en materia de ejecuci&#243;n por otras organizaciones para integrarlas en un plan global,

     - asesoramiento, apoyo y perfeccionamiento de las organizaciones ejecutoras participantes,

     - formaci&#243;n de personal docente adecuado,

     - contactos con todas las instituciones y organizaciones estatales y privadas relevantes en el marco del proyecto, tanto a nivel central como a nivel regional,

     - apoyo con vistas a la implantaci&#243;n de mecanismos de comunicaci&#243;n interinstitucional.

5.   El material suministrado para el proyecto por  encargo del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania pasar&#225; a su llegada a Chile a la propiedad de la Rep&#250;blica de Chile. El material estar&#225; enteramente a disposici&#243;n del proyecto y de los expertos enviados para el cumplimiento de sus tareas.

6.  (1) El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania conf&#237;a la realizaci&#243;n de sus aportaciones a la Deutsche Gesellschaft f&#252;r Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, Eschborn.

    (2) El Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile conf&#237;a la realizaci&#243;n del proyecto al FOSIS.

    (3) Los organismos encargados conforme a los subp&#225;rrafos 1 y 2 podr&#225;n fijar conjuntamente, en un plan operativo o de otra manera adecuada, los detalles de la realizaci&#243;n del proyecto y adaptarlos, en caso necesario, al desarrollo del mismo.

7.   Por lo dem&#225;s se aplicar&#225;n tambi&#233;n al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n Econ&#243;mica y T&#233;cnica del 18 de octubre de 1968.

     En caso de que el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los p&#225;rrafos 1 a 7, esta Nota y la Nota de respuesta de Ud. en la que conste la conformidad de su Gobierno constituir&#225;n un

     Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrar&#225; en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

     Aprovecho la ocasi&#243;n para reiterar a Ud., Se&#241;or Ministro, el testimonio de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n.

Dr. Werner Reichenbaum.

Sr.
Don Jos&#233; Miguel Insulza
Ministro de Relaciones Exteriores de la Rep&#250;blica de Chile
Santiago de Chile

     Conforme con su original.- Cristi&#225;n Barros Melet, Subsecretario de Relaciones Exteriores Subrogante.</Texto>
    </Anexo>
  </Anexos>
</Norma>
