<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="29935" esTratado="no tratado" fechaVersion="1986-08-29" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="1986-08-22" fechaPublicacion="1986-08-29">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Ley</Tipo>
        <Numero>18540</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>MODIFICA EL D.F.L. (G) N&#176; 1, DE 1968, ESTATUTO DEL
PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS</TituloNorma>
    
    
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>32560</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="1986-08-29" derogado="no derogado">
    <Texto>    MODIFICA EL D.F.L. (G) N&#176; 1, DE 1968, ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
    La Junta de Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile ha dado su aprobaci&#243;n al siguiente
    Proyecto de ley </Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="1986-08-29" derogado="no derogado" idParte="5988687">
      <Texto>    Art&#237;culo &#250;nico.- Supr&#237;mense en la letra b) Oficiales Ingenieros (I) del art&#237;culo 49 del decreto con fuerza de ley N&#176; 1, de Guerra, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto N&#176; 14, de la Subsecretar&#237;a de Guerra, del a&#241;o 1977, la expresi&#243;n "General de Aviaci&#243;n" y el guarismo "2 a&#241;os" que le precede.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">UNICO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="1986-08-29" derogado="no derogado">
    <Texto>    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza A&#233;rea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente General del Ej&#233;rcito, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en se&#241;al de promulgaci&#243;n.
Ll&#233;vese a efecto como Ley de la Rep&#250;blica.
    Reg&#237;strese en la Contralor&#237;a General de la Rep&#250;blica, publ&#237;quese en el Diario Oficial e ins&#233;rtese en la Recopilaci&#243;n Oficial de dicha Contralor&#237;a.
    Santiago, 22 de Agosto de 1986.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ej&#233;rcito, Presidente de la Rep&#250;blica.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Carlos Infante Araneda, Coronel de Aviaci&#243;n (A), Subsecretario de Aviaci&#243;n.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
