<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="29494" esTratado="no tratado" fechaVersion="1981-11-27" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="1981-11-18" fechaPublicacion="1981-11-27">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Ley</Tipo>
        <Numero>18067</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE JUSTICIA</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>MODIFICA EL DECRETO LEY N&#176; 2.859, DE 1979, Y EL
DECRETO CON FUERZA DE LEY N&#176; 1.791, DEL MISMO A&#209;O, DEL
MINISTERIO DE JUSTICIA</TituloNorma>
    
    
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>31127</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="1981-11-27" derogado="no derogado">
    <Texto>    MODIFICA EL DECRETO LEY N&#176; 2.859, DE 1979, Y EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N&#176; 1.791, DEL MISMO A&#209;O, DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
    La Junta de Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile ha dado su aprobaci&#243;n al siguiente
    Proyecto de ley:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="1981-11-27" derogado="no derogado" idParte="7180568">
      <Texto>    Art&#237;culo 1&#176;.- Introd&#250;cense las siguientes modificaciones al decreto ley n&#250;mero 2.859, de 1979, que fij&#243; la Ley Org&#225;nica de Gendarmer&#237;a de Chile:
    a) Reempl&#225;zase el inciso segundo del art&#237;culo 5&#176; por el siguiente:
    "El Director Nacional ser&#225; nombrado por el Presidente de la Rep&#250;blica y permanecer&#225; en el cargo mientras cuente con su confianza.".
    b) Sustit&#250;yese el art&#237;culo 2&#176; transitorio por el siguiente:
    "Art&#237;culo 2&#176;.- No regir&#225;n las normas sobre idoneidad establecidas en los art&#237;culos 9&#176; y 12 del presente decreto ley para la designaci&#243;n de los Subdirectores y Directores Regionales, mientras no existan Oficiales Penitenciarios que re&#250;nan los requisitos que exija el Estatuto del Personal de Gendarmer&#237;a de Chile en relaci&#243;n con el Escalaf&#243;n de Oficiales Penitenciarios.". </Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">1 </NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="1981-11-27" derogado="no derogado" idParte="7180569">
      <Texto>    Art&#237;culo 2&#176;.- Introd&#250;cense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N&#176; 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, que fija el Estatuto del Personal de Gendarmer&#237;a de Chile:
    a) Sustit&#250;yese el inciso quinto del art&#237;culo 10 por el siguiente:
    "El Director Nacional ser&#225; nombrado por el Presidente de la Rep&#250;blica y permanecer&#225; en el cargo mientras cuente con su confianza.".
    b) Reempl&#225;zase el art&#237;culo 4&#176; transitorio por el siguiente:
    "Art&#237;culo 4&#176;.- No regir&#225;n las normas establecidas en el inciso s&#233;ptimo del art&#237;culo 10 de este Estatuto para el nombramiento de Subdirectores, mientras los Oficiales del Escalaf&#243;n de Oficiales Penitenciarios no re&#250;nan los requisitos que se exigen en este decreto con fuerza de ley.".</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">2 </NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="1981-11-27" derogado="no derogado">
    <Texto>    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza A&#233;rea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ej&#233;rcito, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en se&#241;al de promulgaci&#243;n.
Ll&#233;vese a efecto como ley de la Rep&#250;blica.
    Reg&#237;strese en la Contralor&#237;a General de la Rep&#250;blica, publ&#237;quese en el Diario Oficial e ins&#233;rtese en la Recopilaci&#243;n Oficial de dicha Contralor&#237;a.
    Santiago, dieciocho de Noviembre de mil novecientos ochenta y uno.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ej&#233;rcito, Presidente de la Rep&#250;blica.- M&#243;nica Madariaga Guti&#233;rrez, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Ram&#243;n Su&#225;rez Gonz&#225;lez, Subsecretario de Justicia.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
