<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="243733" esTratado="no tratado" fechaVersion="2005-11-07" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="2005-10-27" fechaPublicacion="2005-11-07">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Resoluci&#243;n</Tipo>
        <Numero>871 EXENTA</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE SALUD</Organismo>
      <Organismo>SUBSECRETAR&#205;A DE SALUD P&#218;BLICA</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>APRUEBA METAS SANITARIAS Y DE MEJORAMIENTO DE LA
ATENCION PRIMARIA DE SALUD PARA EL A&#209;O 2006</TituloNorma>
    
    
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>38305</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2005-11-07" derogado="no derogado">
    <Texto>APRUEBA METAS SANITARIAS Y DE MEJORAMIENTO DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD PARA EL A&#209;O 2006

     N&#250;m. 871 exenta.- Santiago, 27 de octubre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en las leyes N&#186;s 19.378 y 19.813; en el art&#237;culo 6&#186; del decreto N&#186; 324, de 2002, del Ministerio de Salud; en los art&#237;culos 4&#186; y 6&#186; del decreto ley N&#186; 2.763, de 1979, y en la resoluci&#243;n N&#186; 520, de 1996, de la Contralor&#237;a General de la Rep&#250;blica, y
     Considerando:

     - La necesidad de promover el incremento de la calidad y oportunidad de la atenci&#243;n de salud en los establecimientos del nivel primario.
     - Que del cumplimiento de las metas sanitarias y de mejoramiento de la atenci&#243;n de salud que se les ha fijado para el a&#241;o, depende la obtenci&#243;n de la asignaci&#243;n de desarrollo y est&#237;mulo al desempe&#241;o colectivo por el personal regido por la ley N&#186; 19.378, dicto la siguiente:

     Resoluci&#243;n:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2005-11-07" derogado="no derogado" idParte="6547208">
      <Texto>     1&#186;.- F&#237;janse a las entidades administradores de atenci&#243;n primaria de salud, para el a&#241;o 2006, las siguientes metas sanitarias y de mejoramiento de la atenci&#243;n de salud:

1.   Implementaci&#243;n del Plan Comunal de Promoci&#243;n de Salud. Establecimientos de educaci&#243;n promotores de salud (EEPS). Cumplimiento 100% La estrategia priorizada en el trabajo del plan de promoci&#243;n de salud es la de EEPS. Se espera cumplimiento del 100% de los establecimientos de educaci&#243;n programados en el plan de promoci&#243;n.

Indicador:

N&#186; de establecimientos de educaci&#243;n acreditados como promotores de salud
N&#186; de establecimientos de educaci&#243;n comprometidos a acreditar en el plan de promoci&#243;n

2.   Evaluaci&#243;n de desarrollo psicomotor a los 18 meses = 80% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es de 80%. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; de ni&#241;os de 18 meses con EDSM de enero a diciembre 2006
     Poblaci&#243;n de 18 meses bajo control a&#241;o 2006 
3.   Cobertura de Papanicolau = 68% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es de 68%. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; mujeres de 25 a 64 a&#241;os inscritas, con PAP vigente al 2006
     Total mujeres de 25 a 64 a&#241;os inscritas 
4.   Altas Odontol&#243;gicas Totales
a- Cobertura Altas Odontol&#243;gicas Totales en ni&#241;os de 6 a&#241;os: 85% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es de 85%. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; ni&#241;os de 6 a&#241;os inscritos con alta odontol&#243;gica total Total ni&#241;os de 6 a&#241;os inscritos

b- Cobertura Alta Odontol&#243;gica Totales en adolescentes de 12 a&#241;os: 60% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es de 60%. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; adolescentes de 12 a&#241;os inscritos con alta odontol&#243;gica total
     Total adolescentes de 12 a&#241;os inscritos 
c- Cobertura Alta Integral Odontol&#243;gica en mujeres embarazadas primigestas: 75% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es de 75%. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; de mujeres embarazadas primigestas inscritas con alta odontol&#243;gica integral
     N&#186; Total de mujeres embarazadas primigestas bajo control

5.   Compensaci&#243;n de personas con diabetes bajo control en el grupo de 20 a 64 a&#241;os = 44% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es 44% de los pacientes con diabetes bajo control compensados. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; personas con Diabetes de 20 a 64 a&#241;os bajo control con HbA1c &lt; 8
     Total pacientes Diab&#233;ticos de 20 a 64 a&#241;os bajo control

6.   Compensaci&#243;n de personas con hipertensi&#243;n bajo control en el grupo de 20 a 64 a&#241;os = 47% La cobertura m&#237;nima esperada a nivel de pa&#237;s para el a&#241;o 2006 es 47% de los pacientes con hipertensi&#243;n arterial bajo control compensados. Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) que est&#233;n bajo esa cobertura, la meta es alcanzarla. Quienes tengan coberturas superiores, deber&#225;n, a lo menos, mantener la cobertura existente en el a&#241;o 2005.

Indicador:

N&#186; personas con HTA de 20 a 64 a&#241;os bajo control con P.A. &lt; 130/85 mmHg
     Total pacientes con HTA de 20 a 64 a&#241;os bajo control

7.   Mantener o disminuir el porcentaje promedio nacional de 7,6% de obesos en los menores de 6 a&#241;os bajo control

Indicador:

N&#186; de Ni&#241;os menores de 6 a&#241;os obesos bajo control a dic.
a&#241;o 2006
     Poblaci&#243;n total de ni&#241;os menores de 6 a&#241;os bajo control

Se espera detener el aumento de la malnutrici&#243;n por exceso manteniendo o reduciendo el porcentaje de obesidad en ni&#241;os menores de 6 a&#241;os.
Las entidades administradoras de salud municipal o los establecimientos municipales (seg&#250;n decisi&#243;n del Servicio de Salud) deber&#225;n mantener o disminuir el porcentaje de menores de 6 a&#241;os obesos que tengan en la evaluaci&#243;n del a&#241;o 2005, tendiendo a mantener o disminuir la meta promedio nacional.

8.   Meta de mejoramiento de la atenci&#243;n proporcionada a los usuarios:
Agenda de profesionales m&#233;dicos, odont&#243;logos, matronas, enfermeras y nutricionista del centro de salud, diferida y escalonada, administrada en el SOME = 100%

La entidad administradora deber&#225; implementar agenda manual o electr&#243;nica centralizada en los establecimientos de su dependencia, de manera que las horas de los profesionales que laboran en los establecimientos, sean otorgadas a trav&#233;s del SOME. </Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="no">&#160;</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2005-11-07" derogado="no derogado">
    <Texto>     An&#243;tese y publ&#237;quese.- Pedro Garc&#237;a Aspillaga, Ministro de Salud.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Cecilia Villavicencio Rosas, Subsecretaria de Salud P&#250;blica.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
