<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="215581" esTratado="no tratado" fechaVersion="2003-10-09" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="2003-09-26" fechaPublicacion="2003-10-09">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Ley</Tipo>
        <Numero>19900</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES</Organismo>
      <Organismo>SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>MODIFICA LA LEY N&#186; 18.290, DE TRANSITO, SOBRE
ESTACIONAMIENTOS PARA DISCAPACITADOS</TituloNorma>
    <Materias>
      <Materia>Tr&#225;nsito </Materia>
      <Materia>Estacionamientos para Discapacitados </Materia>
      <Materia>Ley no. 18.290 </Materia>
      <Materia>Ley no. 19.900</Materia>
    </Materias>
    
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>37680</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2003-10-09" derogado="no derogado">
    <Texto>LEY NUM. 19.900

MODIFICA LA LEY N&#186; 18.290, DE TRANSITO, SOBRE ESTACIONAMIENTOS PARA DISCAPACITADOS

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobaci&#243;n al siguiente

     Proyecto de ley:
</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2003-10-09" derogado="no derogado" idParte="6442703">
      <Texto>     "Art&#237;culo &#250;nico.- Introd&#250;cense en la ley N&#186; 18.290, de Tr&#225;nsito, las siguientes modificaciones:

     a) Agr&#233;gase un nuevo art&#237;culo 153 bis, del siguiente tenor:

     "Art&#237;culo 153 bis.- En todas las v&#237;as p&#250;blicas en que est&#233; permitido estacionar, gratuitamente o no, las municipalidades deber&#225;n establecer dos estacionamientos por cada tres cuadras, destinados exclusivamente al uso de cualquier persona con discapacidad, los que deber&#225;n estar debidamente se&#241;alizados o demarcados.

     Estos estacionamientos podr&#225;n ser utilizados por cualquier veh&#237;culo que las transporte, y durante el tiempo de permanencia en alguno de ellos debe exhibirse en el interior del veh&#237;culo, de manera visible, en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero, la credencial de inscripci&#243;n en el Registro Nacional de la Discapacidad que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificaci&#243;n. Ya sea a la entrada o a la salida del estacionamiento, la persona con discapacidad deber&#225; encontrarse en el veh&#237;culo."

     b) Reempl&#225;zase el n&#250;mero 4 del art&#237;culo 91 por el siguiente:

     "4.- Admitir animales, canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulaci&#243;n por el pasillo del veh&#237;culo. Except&#250;anse de esta prohibici&#243;n, los perros adiestrados que acompa&#241;en a pasajeros con discapacidad, los que deber&#225;n viajar provistos de bozal;".

     c) Agr&#233;gase el siguiente n&#250;mero 32, nuevo, al art&#237;culo 198:

     "32.- El uso indebido de estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad.".". </Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">UNICO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2003-10-09" derogado="no derogado">
    <Texto>     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto prom&#250;lguese y ll&#233;vese a efecto como Ley de la Rep&#250;blica.

     Santiago, 26 de septiembre de 2003.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la Rep&#250;blica.- Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Andr&#233;s Palma Irarr&#225;zaval, Ministro de Planificaci&#243;n y Cooperaci&#243;n.

     Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo D&#237;az Silva, Subsecretario de Transportes.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
