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  <Identificador fechaPromulgacion="2003-05-14" fechaPublicacion="2003-08-08">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Decreto</Tipo>
        <Numero>126</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>PROMULGA EL ACUERDO CON ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA (SERNAGEOMIN)"</TituloNorma>
    <Materias>
      <Materia>Servicio Nacional de Geolog&#237;a y Miner&#237;a Chile-Alemania</Materia>
    </Materias>
    
    <PaisesTratados>
      <PaisTratado>Alemania</PaisTratado>
    </PaisesTratados>
    <TipoTratado>bilateral</TipoTratado>
    <FechaTratado>2003-03-06</FechaTratado>
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>37630</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2003-08-08" derogado="no derogado">
    <Texto>PROMULGA EL ACUERDO CON ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA (SERNAGEOMIN)"

     N&#250;m. 126.- Santiago, 14 de mayo de 2003.- Vistos: Los art&#237;culos 32, N&#186; 17, y 50, N&#186; 1), inciso segundo, de la Constituci&#243;n Pol&#237;tica de la Rep&#250;blica.

     Considerando:

     Que por Cambio de Notas de fechas 9 de diciembre de 2002 y 6 de marzo de 2003, efectuado en Santiago, los Gobiernos de la Rep&#250;blica de Chile y de la Rep&#250;blica Federal de Alemania adoptaron el Acuerdo sobre el proyecto "Servicio Nacional de Geolog&#237;a y Miner&#237;a (Sernageomin)".
     Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Convenio B&#225;sico de Cooperaci&#243;n T&#233;cnica y Econ&#243;mica, suscrito el 15 de marzo de 1995 y publicado en el Diario Oficial de 21 de agosto de 1997,

     D e c r e t o:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2003-08-08" derogado="no derogado" idParte="6434810">
      <Texto>     Art&#237;culo &#250;nico.- Prom&#250;lgase el Acuerdo entre el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile y el Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania sobre el proyecto "Servicio Nacional de Geolog&#237;a y Miner&#237;a (Sernageomin)" adoptado por Cambio de Notas de fechas de 9 de diciembre de 2002 y 6 de marzo de 2003; c&#250;mplase y publ&#237;quese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial. </Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">UNICO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2003-08-08" derogado="no derogado">
    <Texto>     An&#243;tese, t&#243;mese raz&#243;n, reg&#237;strese y publ&#237;quese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la Rep&#250;blica.- Cristi&#225;n Barros Melet, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
     Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Jos&#233; Miguel Cruz S&#225;nchez, Embajador, Director General Administrativo.</Texto>
  </Promulgacion>
  <Anexos>
    <Anexo fechaVersion="2003-08-08" derogado="no derogado" idParte="6434812" transitorio="no transitorio">
      <Metadatos>
        <Titulo>&#160;</Titulo>
        
      </Metadatos>
      <Texto>                            Santiago, 6 de marzo de 2003

AL EXCELENTISIMO SE&#209;OR
DIETER HALLER
ENCARGADO DE NEGOCIOS a.i.
EMBAJADA DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA
PRESENTE

Excelencia:

     Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de su Gobierno, fechada el 9 de diciembre de 2002, que dice lo siguiente:

"Se&#241;ora Ministra:

Con referencia al compromiso del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania del 20 de abril de 2001 y en cumplimiento del Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n T&#233;cnica y Econ&#243;mica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 15 de marzo de 1995, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Servicio Nacional de Geolog&#237;a y Miner&#237;a (Sernageomin)":

1.   El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania y el
     Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile seguir&#225;n cooperando
     conjuntamente en el fomento de la protecci&#243;n del 
     medio ambiente en la Rep&#250;blica de Chile en los 
     sectores de la miner&#237;a, el medio ambiente y la 
     geolog&#237;a medioam-biental.
2.   El objetivo del proyecto consiste en capacitar 
     al Servicio Nacional de Geolog&#237;a y Miner&#237;a 
     (Sernageomin) para el asesoramiento del sector 
     p&#250;blico y privado en cuestiones medioambientales 
     y geol&#243;gicas y para la evaluaci&#243;n del impacto 
     medioambiental de la miner&#237;a y el control de los 
     requerimientos medioambientales adjudicados.
3.   Aportes del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de 
     Alemania:
     a)  Enviar&#225;
        -  un experto en geociencias para cuestiones de
            protecci&#243;n del medio ambiente y los recurso
            naturales como co-director del proyecto, por
            un per&#237;odo de hasta 24 meses/experto,
         -  un experto en miner&#237;a con experiencia en la
            protecci&#243;n del medio ambiente en la miner&#237;a
            o industria de materias primas, por un
            per&#237;odo de hasta 18 meses/experto,
         -  expertos en misi&#243;n a corto plazo
            especializados en hidrogeolog&#237;a/protecci&#243;n
            de las aguas fre&#225;ticas, geolog&#237;a
            medioambiental en el ordenamiento del
            territorio, ingenier&#237;a geol&#243;gica, sistema de
            informaci&#243;n geogr&#225;fica y control
            medioambiental o evaluaci&#243;n de impactos
            ambientales, etc. por un per&#237;odo de hasta 32
            meses/experto;
      b)  Suministrar&#225; bienes materiales, en especial
         -  equipo t&#233;cnico para el control
            medioambiental realizado por los inspectores
            mineros,
         -  equipo inform&#225;tico,
         -  equipo complementario para el an&#225;lisis de
            las aguas fre&#225;ticas,
         -  un veh&#237;culo todo terreno que hasta el
            t&#233;rmino del proyecto seguir&#225; siendo
            propiedad del mismo y despu&#233;s pasar&#225; a la
            propiedad de la organizaci&#243;n contraparte,
         -  equipo complementario t&#233;cnico y de campo
            por un valor total de hasta 97.145,46 EUR
            (en letras: noventa y siete mil ciento
            cuarenta y cinco euros y cuarenta y seis
            cents);
     c)  Est&#225; dispuesto a perfeccionar fuera del 
         proyecto a un m&#225;ximo de cuatro expertos en 
         "Hidrogeolog&#237;a", "geolog&#237;a medioambiental", 
         "ordenamiento del territorio" y "formulaci&#243;n,
         aplicaci&#243;n, supervisi&#243;n y revisi&#243;n de la 
         pol&#237;tica ambiental en la miner&#237;a" por un 
         total de hasta 32 meses/experto, los cuales 
         a su regreso ser&#225;n empleados en el proyecto 
         y proseguir&#225;n aut&#243;nomamente las tareas 
         iniciadas por los expertos enviados;
     d)  Costear&#225; los gastos de
         -  alojamiento de los expertos enviados y de
            sus familiares, en tanto dichos gastos no
            corran a cargo de los expertos enviados,
         -  los viajes de servicio de los expertos
            enviados, dentro y fuera de la Rep&#250;blica de
            Chile,
         -  transporte y seguro del material mencionado
            hasta el lugar del proyecto.
4.   Aportes del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile:
     a)  Pondr&#225; a disposici&#243;n
         -  sendos coordinadores para los trabajos del
            proyecto a cargo de la Subdirecci&#243;n de
            Miner&#237;a y la Subdirecci&#243;n de Geolog&#237;a del
            Sernageomin, en calidad de interlocutores
            del co-director alem&#225;n,
         -  personal t&#233;cnico para el Departamento de
            Ingenier&#237;a y Gesti&#243;n Ambiental (D.I.G.A.)
            en Santiago y las oficinas regionales, en
            estos momentos seis ingenieros de minas,
         -  dos geocient&#237;ficos del Departamento de
            Geolog&#237;a Aplicada en Santiago y por lo menos
            cuatro geocient&#237;ficos (especializados en
            hidrogeolog&#237;a, materias primas minerales e
            ingenier&#237;a geol&#243;gica) para los trabajos del
            proyecto en la IX y X regi&#243;n,
         -  trece inspectores de seguridad minera para
            su capacitaci&#243;n y perfeccionamiento en el
            &#225;rea de control medioambiental,
         -  los locales necesarios para las medidas de
            perfeccionamiento, incluyendo su mobiliario;
     b)  Facilitar&#225;
         -  por lo menos tres oficinas suficientemente
            equipadas en Santiago y espacio suficiente
            en la oficina t&#233;cnica en Puerto Varas,
         -  la infraestructura administrativa y t&#233;cnica
            en Santiago y las direcciones regionales,
         -  los documentos de archivo relacionados con
            el proyecto;
     c)  Garantizar&#225;
         -  la gesti&#243;n y direcci&#243;n del proyecto,
         -  la coordinaci&#243;n del proyecto con otros
            organismos e instituciones relevantes para
            la ejecuci&#243;n del mismo,
         -  la cobertura de los gastos de operaci&#243;n y
            mantenimiento del proyecto.
5.   Los expertos enviados asesorar&#225;n y asistir&#225;n a 
     sus hom&#243;logos chilenos en la realizaci&#243;n de las 
     siguientes tareas:
     a)  Capacitar a los expertos de la Subdirecci&#243;n de
         Miner&#237;a de Sernageomin para la evaluaci&#243;n de
         riesgos ambientales derivados de las
         actividades mineras (proyectadas), para el
         control ambiental de las empresas de
         extracci&#243;n, preparaci&#243;n y transformaci&#243;n minera
         y de la industria de materias primas y para el
         desarrollo y aplicaci&#243;n de m&#233;todos y
         procedimientos t&#233;cnicamente seguros y
         socialmente aceptados para evitar riesgos
         ambientales derivados de los residuos de la
         explotaci&#243;n minera;
     b)  Capacitar a los expertos de la Subdirecci&#243;n de
         Geolog&#237;a del Sernageomin para la evaluaci&#243;n de
         riesgos geol&#243;gicos y otros aspectos
         ecogeol&#243;gicos y para el asesoramiento de
         titulares de la planificaci&#243;n regional y del
         ordenamiento del territorio en este sector;
     c)  Crea estructuras eficaces para el desempe&#241;o de
         estas tareas en el Sernageomin;
     d)  Planificar, implementar y coordinar las medidas
         del proyecto sobre la base de un plan operativo
         elaborado conjuntamente;
     e)  Planificar, ordenar y coordinar medidas de
         apoyo al proyecto (por ejemplo la concesi&#243;n de
         becas).

6.   Designaci&#243;n de los organismos ejecutores:

     a)  El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania
         conf&#237;a la realizaci&#243;n de sus aportaciones al 
         Instituto Federal de Geociencias y Recursos 
         Naturales (BGR), Hannover.

     b)  El Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile conf&#237;a la 
         ejecuci&#243;n del proyecto al Servicio Nacional de 
         Geolog&#237;a y Miner&#237;a (Sernageomin), Santiago.

     c)  Los organismos encargados conforme a las letras
         a y b podr&#225;n fijar conjuntamente, en un plan 
         operativo o de otra manera adecuada, los 
         detalles de la realizaci&#243;n del proyecto y, en 
         caso necesario, los adaptar&#225;n al desarrollo 
         del proyecto.

7.   En caso de que el presente proyecto no llegue a 
     realizarse o s&#243;lo se realice en parte, podr&#225; ser 
     sustituido por otro si ambos Gobiernos as&#237; lo 
     convienen.

8.   En todo aquello no previsto en los numerales 
     precedentes, se aplicar&#225;n tambi&#233;n al presente 
     Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado 
     Convenio B&#225;sico sobre Cooperaci&#243;n T&#233;cnica y 
     Econ&#243;mica del 15 de marzo de 1995.

9.   El presente Acuerdo se adopta en alem&#225;n y 
     espa&#241;ol, siendo ambos textos igualmente 
     aut&#233;nticos.

     En caso de que el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los p&#225;rrafos 1 a 9, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituir&#225;n un Acuerdo entre nuestros Gobiernos que entrar&#225; en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

     Aprovecho la ocasi&#243;n para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n."

     Adem&#225;s, tengo el honor de confirmar, en nombre de la Rep&#250;blica de Chile, el Acuerdo antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente sean consideradas como las que constituyen un Acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrar&#225; en vigor en la fecha de la presente Nota.
     Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n.- Cristi&#225;n Barros Melet, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.</Texto>
    </Anexo>
  </Anexos>
</Norma>
