<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="146449" esTratado="no tratado" fechaVersion="1987-10-21" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="1987-10-07" fechaPublicacion="1987-10-21">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Resoluci&#243;n</Tipo>
        <Numero>5</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>CONSEJO REGIONAL DE DESARROLLO</Organismo>
      <Organismo>INTENDENCIA III REGI&#211;N DE ATACAMA</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>COMPLEMENTA Y MODIFICA RESOLUCION No. 2, DE 1987</TituloNorma>
    
    
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>32899</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="1987-10-21" derogado="no derogado">
    <Texto>COMPLEMENTA Y MODIFICA RESOLUCION No. 2, DE 1987 (Resoluci&#243;n)

     N&#250;m. 5.- Copiap&#243;, 07 de Octubre de 1987.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley No. 18.605, Ley Org&#225;nica Constitucional de los Consejos Regionales de Desarrollo; y lo informado por el Conservador de Bienes Ra&#237;ces de Copiap&#243; por Oficio No. 73 de 23 de septiembre 1987.

     Considerando:

     1.- La n&#243;mina definitiva de los organismos del sector privado inscritos por el Sr. Conservador de Bienes Ra&#237;ces de Copiap&#243;.
     2.- El fallo de fecha 04.09.87 del Tribunal Electoral Regional que rechaz&#243; la reclamaci&#243;n interpuesta por el "Centro de Formaci&#243;n T&#233;cnica - CEPA, de la III Regi&#243;n.
     3.- La necesidad de reordenar el n&#250;mero de representantes que cada estamento tendr&#225; derecho a elegir para integrar el Consejo Regional de Desarrollo de Atacama,

     Resuelvo:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="1987-10-21" derogado="no derogado" idParte="6201038">
      <Texto>     Complem&#233;ntase y modificase la resoluci&#243;n No. 2, de 08.06.87 de esta Comisi&#243;n en la siguiente forma:
     1.- Determinase que tendr&#225;n derecho a participar en el Consejo Regional de Desarrollo:


a) Intendente de la Regi&#243;n de Atacama
b) Gobernador de la Provincia de Copiap&#243;
c) Gobernador de la Provincia de Cha&#241;aral
d) Gobernador de la Provincia de Huasco
e) Un representante del Ej&#233;rcito de Chile
f) Un representante de la Armada de Chile
g) Un representante de Carabineros de Chile

     2.- Establ&#233;cese que el n&#250;mero total de integrantes del Consejo Regional de Desarrollo de Atacama ser&#225; de treinta y dos miembros.
     3.- Determ&#237;nase que el n&#250;mero de representantes por Estamento ser&#225; el siguiente:


_a) Estamento Empresarial     9
_b) Estamento Laboral         8
_c) Estamento Profesional     3</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="no">&#160;</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="1987-10-21" derogado="no derogado">
    <Texto>     An&#243;tese, comun&#237;quese, publ&#237;quese y arch&#237;vese.- Ra&#250;l Porcile Calder&#243;n, Coronel (R), Intendente Subgte. de la Regi&#243;n de Atacama.- Luisa L&#243;pez Troncoso, Ministro I. Corte de Apelaciones de Copiap&#243;.- Carlos Salgado Vergara, Contralor Regional de Atacama.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Ra&#250;l Porcile Calder&#243;n, Coronel (R), Intendente Subgte. de la Regi&#243;n de Atacama.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
