<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="131388" esTratado="tratado" fechaVersion="1999-02-05" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="1998-10-27" fechaPublicacion="1999-02-05">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Decreto</Tipo>
        <Numero>1854</Numero>
      </TipoNumero>
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    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES</Organismo>
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  <Metadatos>
    <TituloNorma>PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO CON ALEMANIA SOBRE ENVIO DE COOPERANTES DEL SERVICIO ALEMAN DE COOPERACION SOCIAL-TECNICA</TituloNorma>
    <Materias>
      <Materia>Servicio Alem&#225;n de Cooperaci&#243;n Social-T&#233;cnica Chile-Alemania</Materia>
    </Materias>
    
    <PaisesTratados>
      <PaisTratado>Alemania</PaisTratado>
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    <TipoTratado>bilateral</TipoTratado>
    <FechaTratado>1998-10-20</FechaTratado>
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>36282</NumeroFuente>
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  <Encabezado fechaVersion="1999-02-05" derogado="no derogado">
    <Texto>PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO CON ALEMANIA SOBRE ENVIO DE COOPERANTES DEL SERVICIO ALEMAN DE COOPERACION SOCIAL-TECNICA

     N&#250;m. 1.854.- Santiago, 27 de octubre de 1998.- Vistos: Los art&#237;culos 32, N&#186;17, y 50, N&#186;1), inciso segundo, de la Constituci&#243;n Pol&#237;tica de la Rep&#250;blica.

     Considerando:

     Que por Cambio de Notas de fechas 21 de agosto y 20 de octubre de 1998, efectuado en Santiago, los Gobiernos de la Rep&#250;blica de Chile y de la Rep&#250;blica Federal de Alemania adoptaron el Acuerdo Complementario sobre Env&#237;o de Cooperantes del Servicio Alem&#225;n de Cooperaci&#243;n Social-T&#233;cnica (DED), para desempe&#241;arse en los campos que acuerden el Gobierno de Chile y el DED.

     Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Convenio B&#225;sico de Cooperaci&#243;n T&#233;cnica y Econ&#243;nica, suscrito el 15 de marzo de 1995 y publicado en el Diario Oficial de 21 de agosto de 1997.

     D e c r e t o:

</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="1999-02-05" derogado="no derogado" idParte="6153062">
      <Texto>     Art&#237;culo &#250;nico.- Prom&#250;lgase el Acuerdo Complementario entre el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile y el Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania sobre Env&#237;o de Cooperantes del Servicio Alem&#225;n de Cooperaci&#243;n Social-T&#233;cnica, adoptado por Cambio de Notas de fechas 21 de agosto y 20 de octubre de 1998; c&#250;mplase y ll&#233;vese a efecto como ley y publ&#237;quese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">UNICO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
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  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="1999-02-05" derogado="no derogado">
    <Texto>     An&#243;tese, t&#243;mese raz&#243;n, reg&#237;strese y publ&#237;quese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la Rep&#250;blica.- Jos&#233; Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.
     Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Manuel Hinojosa Mu&#241;oz, Director General Administrativo Subrogante.</Texto>
  </Promulgacion>
  <Anexos>
    <Anexo fechaVersion="1999-02-05" derogado="no derogado" idParte="6153064" transitorio="no transitorio">
      <Metadatos>
        <Titulo>&#160;</Titulo>
        
      </Metadatos>
      <Texto>     N&#250;m. 19.900.- Santiago, 20 de octubre de 1998.

     Excelencia: Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de Vuestra Excelencia fechada el 21 de agosto de 1998, que dice lo siguiente:

     ''Se&#241;or Ministro:

     Sobre la base y en cumplimiento del Convenio B&#225;sico entre el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile y el Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania sobre Cooperaci&#243;n T&#233;cnica y Econ&#243;mica del 15 de marzo de 1995 y con referencia a la Nota WZ440.33 de la Embajada de la Rep&#250;blica Federal de Alemania del 6 de enero de 1997 y a la Nota 000046  del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Rep&#250;blica de Chile del 25 de febrero de 1997, tengo el honor de proponer a Usted, Se&#241;or Ministro, en nombre del Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo Complementario:

1.   El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania enviar&#225; a petici&#243;n del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile cooperantes del Servicio Alem&#225;n  de Cooperaci&#243;n Social-T&#233;cnica, DED (organismo ejecutor alem&#225;n) a Chile para desempe&#241;arse en los campos que de com&#250;n acuerdo establezcan el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile y el DED.

2.   El Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania conf&#237;a la ejecuci&#243;n del env&#237;o de cooperantes al DED, corriendo los gastos correspondientes de cuenta del mismo. Los detalles de la ejecuci&#243;n de los respectivos env&#237;os ser&#225;n objeto de acuerdos especiales entre el DED y la Agencia de Cooperaci&#243;n Internacional de la Rep&#250;blica de Chile.

3.   A los efectos del presente Acuerdo se entiende por cooperantes los expertos calificados que tengan el prop&#243;sito de prestar servicios sin fines de lucro en la Rep&#250;blica de Chile con el objeto de promover proyectos determinados dentro del pa&#237;s y sean seleccionados a tal fin por el DED.

     Antes del env&#237;o de un cooperante el organismo ejecutor alem&#225;n deber&#225; solicitar la correspondiente autorizaci&#243;n del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile, para cuyo efecto se dirigir&#225; directamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de la Rep&#250;blica de Chile, el cual solicitar&#225; un informe t&#233;cnico a la Agencia de Cooperaci&#243;n Internacional.

     El DED preparar&#225; adecuadamente a los cooperantes antes de su traslado a la Rep&#250;blica de Chile. Una vez en el pa&#237;s, los cooperantes asistir&#225;n a un curso preparatorio elaborado ex profeso para ellos y cuya realizaci&#243;n correr&#225; a cargo del DED.

4.   Previa consulta y obtenida la correspondiente autorizaci&#243;n del Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile, el DED enviar&#225; un delegado a la Rep&#250;blica de Chile y, en su caso, un vicedelegado. Ambos disfrutar&#225;n del estatuto de expertos enviados para todos los efectos.
     El delegado ser&#225; responsable de la labor del DED en la Rep&#250;blica de Chile. El delegado tendr&#225; en particular las siguientes funciones:

     a) examinar propuestas relativas a proyectos de cooperaci&#243;n,

     b) preparar el env&#237;o de cooperantes y velar por que se cumplan las obligaciones asumidas por el DED en la Rep&#250;blica de Chile,

     c) brindar a los cooperantes el asesoramiento, asistencia y sostenimiento necesarios para la realizaci&#243;n de sus tareas.

     El DED podr&#225; disponer de una oficina en la Rep&#250;blica de Chile a efectos del cumplimiento de dichas tareas.

5.   El Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile conceder&#225; al delegado, al vicedelegado y a los cooperantes del DED todo tipo de apoyo para el cumplimiento de las tareas por ellos asumidas y pondr&#225; a su disposici&#243;n la documentaci&#243;n necesaria a tales efectos.
     El Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile podr&#225; pedir al Gobierno de la Rep&#250;blica Federal de Alemania el retiro del delegado, del vicedelegado y de un cooperante si su actuaci&#243;n da motivo para ello.

6.   El material de trabajo necesario para el cumplimiento de las tareas de los cooperantes y del DED permanecer&#225; en posesi&#243;n del DED. El Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile conceder&#225; respecto al material mencionado, en particular a efectos de su importaci&#243;n al pa&#237;s, todos los privilegios y prerrogativas reconocidos en el Convenio B&#225;sico del 15 de marzo de 1995.

7.   Por lo dem&#225;s, las disposiciones del Convenio B&#225;sico del 15 de marzo de 1995 se aplicar&#225;n mutatis mutandis a los cooperantes enviados por el DED, al delegado, al vicedelegado y a sus familiares en la Rep&#250;blica de Chile.

8.   El presente Acuerdo ser&#225; asimismo de aplicaci&#243;n a los cooperantes y al delegado y vicedelegado del DED, as&#237; como a sus familiares, que hayan sido enviados a la Rep&#250;blica de Chile con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo y re&#250;nan todos los requisitos necesarios.

9.   La duraci&#243;n del presente Acuerdo ser&#225; de cinco a&#241;os, prorrogable t&#225;citamente por un a&#241;o m&#225;s, si ninguna de las Partes lo denunciare con una antelaci&#243;n m&#237;nima de tres meses.

10.   La presente Nota se intercambia en idioma alem&#225;n y espa&#241;ol, siendo ambos textos igualmente aut&#233;nticos.

     En caso de que el Gobierno de la Rep&#250;blica de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los p&#225;rrafos 1 a 10, esta Nota y la Nota de respuesta de Ud. en la que conste la conformidad de su Gobierno constituir&#225;n un Acuerdo Complementario conforme al arriba mencionado Convenio B&#225;sico del 15 de marzo de 1995, Acuerdo que entrar&#225; en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

     Aprovecho la ocasi&#243;n para reiterar a Ud., Se&#241;or Ministro, el testimonio de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n.''

     Adem&#225;s tengo el honor de confirmar, en nombre de la Rep&#250;blica de Chile, el Acuerdo antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente sean consideradas como las que constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrar&#225; en vigor en la fecha de la presente Nota.

     Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi m&#225;s alta y distinguida consideraci&#243;n.- Jos&#233; Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.

Al Excelent&#237;simo se&#241;or
Dr. Horst Palenberg Embajador de la Rep&#250;blica Federal de Alemania Presente </Texto>
    </Anexo>
  </Anexos>
</Norma>
