<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="1027500" esTratado="no tratado" fechaVersion="2011-07-06" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="2011-06-28" fechaPublicacion="2011-07-06">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Resoluci&#243;n</Tipo>
        <Numero>3749 EXENTA</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE EDUCACI&#211;N</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>CONCEDE EL DERECHO A PERCIBIR LA ASIGNACI&#211;N VARIABLE POR DESEMPE&#209;O INDIVIDUAL ESTABLECIDA EN EL ART&#205;CULO 17&#186; DE LA LEY N&#186; 19.933 A LOS DOCENTES DE AULA QUE INDICA Y ORDENA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS POR CONCEPTO DE PAGO CORRESPONDIENTE A LOS MESES DE ENERO A DICIEMBRE DEL A&#209;O 2011</TituloNorma>
    
    <NombresUsoComun>
      <NombreUsoComun>&#160;</NombreUsoComun>
    </NombresUsoComun>
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>40003</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2011-07-06" derogado="no derogado">
    <Texto>
CONCEDE EL DERECHO A PERCIBIR LA ASIGNACI&#211;N VARIABLE POR DESEMPE&#209;O INDIVIDUAL ESTABLECIDA EN EL ART&#205;CULO 17&#186; DE LA LEY N&#186; 19.933 A LOS DOCENTES DE AULA QUE INDICA Y ORDENA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS POR CONCEPTO DE PAGO CORRESPONDIENTE A LOS MESES DE ENERO A DICIEMBRE DEL A&#209;O 2011

     N&#250;m. 3.749 exenta.- Santiago, 28 de junio de 2011.- Considerando:

     1. Que, el art&#237;culo 17&#186; de la ley N&#186; 19.933 crea una Asignaci&#243;n Variable por Desempe&#241;o Individual ("AVDI"), para los docentes de aula del sector municipal que hubiesen obtenido niveles de desempe&#241;o de destacado o competente en su evaluaci&#243;n de desempe&#241;o profesional, con el objeto de reconocer el m&#233;rito de &#233;stos y fortalecer la calidad de la educaci&#243;n.

     2. Que, dicha Asignaci&#243;n significa un incremento del 25% de la Remuneraci&#243;n B&#225;sica M&#237;nima Nacional para los docentes destacados que obtuvieron en la Prueba de Conocimientos Disciplinarios y Pedag&#243;gicos un nivel de logro tambi&#233;n equivalente a destacado; o de un 15% para los docentes con nivel de desempe&#241;o de destacado o competente en su evaluaci&#243;n, que obtuvieron en la Prueba de Conocimientos Disciplinarios y Pedag&#243;gicos un nivel de logro equivalente, a lo menos, a competente.

     3. Que, el n&#250;mero 3&#186;, letra b), inciso primero del art&#237;culo 17 de la ley N&#186; 19.933, agregado por la letra f) del art&#237;culo 13 de la ley N&#186; 20.158 que Establece Diversos Beneficios para Profesionales de la Educaci&#243;n y Modifica Distintos Cuerpos Legales, establece un incremento de un 5% de la Remuneraci&#243;n B&#225;sica M&#237;nima Nacional para los docentes de aula del sector municipal que, habiendo alcanzado un nivel de desempe&#241;o de destacado o competente en su evaluaci&#243;n de desempe&#241;o, obtuvieren en la prueba de Conocimientos Disciplinarios y Pedag&#243;gicos un nivel de logro de suficiente.

     4. Que, la Asignaci&#243;n Variable por Desempe&#241;o Individual es un beneficio tributable e imponible para efectos previsionales, se devenga mensualmente y se paga a trav&#233;s de los sostenedores municipales de quienes dependen los docentes beneficiados, y es calculada en funci&#243;n del producto resultante entre el n&#250;mero de horas del contrato de cada docente de aula beneficiado; la Asignaci&#243;n obtenida en la prueba de conocimientos disciplinarios y pedag&#243;gicos; y, el valor de la Remuneraci&#243;n B&#225;sica M&#237;nima Nacional, reajustada al mes de febrero del a&#241;o 2011, de $10.018.- (diez mil dieciocho pesos) para los docentes que ejercen sus funciones en el nivel de ense&#241;anza b&#225;sica, y de $10.542.- (diez mil quinientos cuarenta y dos pesos) para los docentes que ejercen sus funciones en el nivel de ense&#241;anza media.

     5. Que, corresponde dictar el acto administrativo que conceda el derecho a percibir una Asignaci&#243;n Variable por Desempe&#241;o Individual a los Profesionales de Educaci&#243;n del sector municipal que obtuvieron resultados de niveles correspondientes a destacados o competente en la Evaluaci&#243;n de Desempe&#241;o Profesional correspondiente a los a&#241;os 2007, 2008 o 2009 y nivel de destacado, competente o suficiente en la prueba de conocimientos disciplinarios y pedag&#243;gicos rendida en el a&#241;o 2010, y ordene transferir los recursos necesarios para proceder a su pago por los meses de enero a diciembre de 2011, a dichos docentes; y,

     Visto: Lo dispuesto en la ley N&#186; 18.956 que Reestructur&#243; el Ministerio de Educaci&#243;n; la ley N&#186; 19.933, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la Educaci&#243;n; la ley N&#186; 20.158 que Establece Diversos Beneficios para Profesionales de la Educaci&#243;n y Modifica Distintos Cuerpos Legales: las leyes N&#186; 19.961 y 19.997, sobre Evaluaci&#243;n Docente; el DFL N&#186; 1, de Educaci&#243;n, de 1996, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N&#186; 19.070; la ley N&#186; 20.481 de Presupuestos del Sector P&#250;blico para el a&#241;o 2011; el decreto N&#186; 076, del 5 de abril de 2005, que aprueba el Reglamento sobre Asignaci&#243;n Variable de Desempe&#241;o Individual; la resoluci&#243;n N&#186; 1.600 de la Contralor&#237;a General de la Rep&#250;blica, de octubre del a&#241;o 2008, y dem&#225;s antecedentes tenidos a la vista,

     Resuelvo:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2011-07-06" derogado="no derogado" idParte="9156695">
      <Texto>
     Art&#237;culo primero: Decl&#225;rese el derecho a percibir una Asignaci&#243;n Variable de Desempe&#241;o individual a los profesionales de la educaci&#243;n del sector municipal que se indica en el art&#237;culo siguiente, los cuales obtuvieron resultados de niveles correspondientes a destacado o competente en la Evaluaci&#243;n de Desempe&#241;o Profesional de los a&#241;os 2007, 2008 o 2009, y nivel de destacado, competente o suficiente en la prueba de conocimientos disciplinarios y pedag&#243;gicos rendida en el a&#241;o 2010.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">PRIMERO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2011-07-06" derogado="no derogado" idParte="9156696">
      <Texto>
     Art&#237;culo segundo: Transfi&#233;ranse a los sostenedores municipales de los establecimientos educacionales que se se&#241;alan los montos por concepto de Asignaci&#243;n Variable de Desempe&#241;o individual de los docentes que a continuaci&#243;n se individualizan, correspondiente a los meses de enero a diciembre de 2011.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">SEGUNDO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2011-07-06" derogado="no derogado" idParte="9156697">
      <Texto>
     Art&#237;culo tercero: El gasto que irrogue al Ministerio de Educaci&#243;n el cumplimiento de lo ordenado por el presente acto administrativo, se imputar&#225; en la forma siguiente: 09.01.20.24.03.393 del Presupuesto de la Subsecretar&#237;a de Educaci&#243;n.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">TERCERO</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2011-07-06" derogado="no derogado">
    <Texto>
     An&#243;tese y publ&#237;quese.- Joaqu&#237;n Lav&#237;n Infante, Ministro de Educaci&#243;n.
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Fernando Rojas Ochagav&#237;a, Subsecretario de Educaci&#243;n.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
