<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="1025625" esTratado="no tratado" fechaVersion="2011-05-23" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="2011-05-13" fechaPublicacion="2011-05-23">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Resoluci&#243;n</Tipo>
        <Numero>120 EXENTA</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE EDUCACI&#211;N</Organismo>
      <Organismo>DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE EDUCACI&#211;N MALLECO</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>DELEGA FACULTADES QUE SE&#209;ALA EN ENCARGADO PROVINCIAL DE INSPECCI&#211;N</TituloNorma>
    
    <NombresUsoComun>
      <NombreUsoComun>&#160;</NombreUsoComun>
    </NombresUsoComun>
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>39966</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2011-05-23" derogado="no derogado">
    <Texto>
DELEGA FACULTADES QUE SE&#209;ALA EN ENCARGADO PROVINCIAL DE INSPECCI&#211;N

     N&#250;m. 120 exenta.- Angol, 13 de mayo de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL N&#186;1/19.653, de 2000, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N&#186; 18.575 Org&#225;nica Constitucional de Bases Generales de la Administraci&#243;n de Estado, del Ministerio Secretar&#237;a General de la Presidencia; ley N&#186; 19.800, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los &#211;rganos de la Administraci&#243;n del Estado; ley N&#186; 18.956 que Reestructura el Ministerio de Educaci&#243;n; DFL N&#186; 2, de Educaci&#243;n, de 1998, y sus modificaciones; decreto supremo de Educaci&#243;n N&#186; 8.144, de 1980, y sus modificaciones; Programa 21, Cap&#237;tulo 01, Partida 09, Glosa 02 de la Ley N&#186; 20.481 de Presupuestos para el Sector P&#250;blico para el a&#241;o 2011; resoluci&#243;n exenta N&#186; 6.754, de 2010, en que Subsecretario de Educaci&#243;n asigna funciones directivas a Jefe Nacional y Jefes Regionales de la Unidad Nacional de Subvenciones y delega facultades; resoluci&#243;n exenta N&#186; 6.755, de 2010, en que Ministro de Educaci&#243;n delega facultades a Jefes Regionales de la Unidad de Subvenciones; resoluci&#243;n exenta N&#186; 309, del 5 de marzo de 2009, y resoluci&#243;n N&#186; 1.923, del 27 de agosto de 2009, que complementa la resoluci&#243;n antes dicha, en que Secretario Regional Ministerial delega facultades a Jefes Regionales de la Unidad de Subvenciones, y la resoluci&#243;n N&#186; 1.600, de 2008, de la Contralor&#237;a General de la Rep&#250;blica;

     Considerando:

     Que es funci&#243;n del Ministerio de Educaci&#243;n adoptar medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios, siendo la pol&#237;tica institucional del Ministerio de Educaci&#243;n y desconcentrar su gesti&#243;n.

     Que, en este marco, se ha detectado la necesidad de reforzar la inspecci&#243;n y fiscalizaci&#243;n de los establecimientos educacionales subvencionados del pa&#237;s y el pago de la subvenci&#243;n estatal, y se optimizan los recursos, tanto humanos como materiales, para llevar a cabo dichas funciones, cre&#225;ndose para estos efectos la Unidad Nacional de Subvenciones por ley N&#186; 20.314 de Presupuestos para el a&#241;o 2009, continuando su existencia en ley N&#186; 20.407 de Presupuestos para el a&#241;o 2010 y en la ley N&#186; 20.481 de Presupuestos del Sector P&#250;blico para el a&#241;o 2011.

     Que en virtud del Programa 21, Cap&#237;tulo 01, Partida 09, Glosa 02 de la Ley N&#186; 20.407 de Presupuesto para el a&#241;o 2011, el Ministerio de Educaci&#243;n, el Subsecretario de Educaci&#243;n, los Secretarios Regionales Ministeriales de Educaci&#243;n y los Jefes Provinciales de Educaci&#243;n delegar&#225;n, cuando corresponda, en los jefes de la estructura nacional, regional y provincial de la Unidad Nacional de Subvenciones, las facultades t&#233;cnicas y administrativas que sean necesarias para su buen funcionamiento.

     Que la delegaci&#243;n propuesta corresponde a facultades propias del Jefe Provincial de Educaci&#243;n y redundar&#225; en un mejoramiento de la gesti&#243;n institucional, por lo que

     Resuelvo:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2011-05-23" derogado="no derogado" idParte="9142919">
      <Texto>     Art&#237;culo 1&#186;. Del&#233;ganse en el Encargado Provincial de Inspecci&#243;n de la Provincia de Malleco las siguientes facultades:

     1. Informar al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, de acuerdo al art&#237;culo 24 del DFL N&#186; 2, de 1998, los establecimientos educacionales que no han dado a conocer a los padres y apoderados el sistema de exenci&#243;n de los cobros mensuales dentro de agosto anterior.

     2. Elaborar el informe fundado de las actas de fiscalizaci&#243;n que contengan observaciones referidas a la p&#233;rdida de requisitos o infracciones a las normas que regulen el derecho de impetrar subvenci&#243;n, remitir las actas junto a dicho informe al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, seg&#250;n corresponda, como, adem&#225;s, fijar un plazo breve para subsanar aquellos incumplimientos detectados que sean leves, todo de acuerdo al art&#237;culo del D.S N&#186; 8.144, de 1980.

     3. Enc&#225;rguese de la inspecci&#243;n administrativa y financiera de los establecimientos educacionales subvencionados de esta jurisdicci&#243;n, de acuerdo al art&#237;culo 16, de la ley N&#186; 18.956 que Reestructura el Ministerio de Educaci&#243;n.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">1 </NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2011-05-23" derogado="no derogado" idParte="9142920">
      <Texto>     Art&#237;culo 2&#186;. D&#233;jase sin efecto toda otra delegaci&#243;n anterior respecto de las facultades delegadas en la presente resoluci&#243;n.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">2 </NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2011-05-23" derogado="no derogado" idParte="9142921">
      <Texto>     Art&#237;culo 3&#186;. T&#233;ngase presente para todos los efectos legales.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">3 </NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2011-05-23" derogado="no derogado">
    <Texto>     An&#243;tese, comun&#237;quese y publ&#237;quese.- Alicia Bahamondes Araneda, Jefa Provincial de Educaci&#243;n de Malleco.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
