Ley
18358
MINISTERIO DE HACIENDA
DISPONE QUE EL FISCO TRANSFERIRA LOS FONDOS QUE INDICA AL BANCO CENTRAL DE CHILE
Diario Oficial
LEY N° 18.358
DISPONE QUE EL FISCO TRANSFERIRÁ LOS FONDOS QUE INDICA AL
BANCO CENTRAL DE CHILE
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado
su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
ARTICULO UNICO El Fisco transferirá al Banco Central de
Chile hasta el equivalente de doscientos noventa millones de
Unidades de Fomento.
Por uno o más decretos supremos del Ministerio de
Hacienda, dictados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
70° del decreto ley 1.263, de 1975, se fijará el monto,
oportunidad y forma de dicha transferencia.
La transferencia se efectuará en un plazo que no exceda
de treinta años, incluidos diez años de gracia, con cargo
a los recursos que anualmente deberá consultar la
respectiva Ley de Presupuestos.
UNICO
JOSE T. MERINO CASTRO.- FERNANDO MATTHEI AUBEL.- CESAR
MENDOZA DURAN- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR.".
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley,
la sanciono la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República,
publíquese en el Diario Oficial e insértese en la
Recopilación oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 5 de noviembre de 1984.- AUGUSTO PINOCHET
UGARTE.- Luis Escobar, Ministro de Hacienda.