Ley
20028
MINISTERIO DE HACIENDA
DEROGA BENEFICIO TRIBUTARIO
Beneficio Tributario
Ley no. 20.028
Diario Oficial
38198
LEY NUM. 20.028
DEROGA BENEFICIO TRIBUTARIO
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Derógase el inciso tercero del
artículo 18 de la ley Nº 19.578.
Lo dispuesto en el inciso anterior regirá a contar del año tributario 2006.".
UNICO
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 15 de junio de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.