Decreto
1771
MINISTERIO DEL INTERIOR
DEROGA INCISO 3.o DEL ARTICULO 62.o DEL REGLAMENTO DE
CARABINEROS, N.o 8
Diario Oficial
26925
DEROGA INCISO 3.o DEL ARTICULO 62.o DEL REGLAMENTO DE CARABINEROS, N.o 8
Santiago, 12 de Diciembre de 1967.- S.E. el Presidente de la República decretó hoy lo que sigue:
Núm. 1.771.- Visto lo dispuesto en el artículo 72.o, N.o 2, de la Constitución Política del Estado,
Decreto:
Derógase el inciso 3.o del artículo 62.o del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros, N.o 8, aprobado por decreto de Interior N.o 5.193, de 1959, y modificado por decretos de Interior N.os 2.060 y 3.637, de 1960, 2.021 de 1962, 1.087 y 1.866, de 1963, 1.445, de 1965, y 1.325, de 1966.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.-
E. FREI M.- Bernardo Leighton Guzmán.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios gue. a U.- Enrique Krauss Rusque, Subsecretario del Interior.