Resolución
39 EXENTA
MINISTERIO DEL INTERIOR
SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
SERVICIO ELECTORAL
CREA JUNTAS INSCRIPTORAS QUE INDICA EN LAS COMUNAS DE LA PROVINCIA DE LINARES EN LA VII REGION DEL MAULE
Diario Oficial
32616
CREA JUNTAS INSCRIPTORAS QUE INDICA EN LAS COMUNAS DE LA PROVINCIA DE LINARES EN LA VII REGION DEL MAULE
Núm. 39 exenta.- Santiago, 03 de Noviembre de 1986. Vistos:
1º.- Que el artículo 12º de la Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, establece que en cada comuna del país habrá una Junta Inscriptora que tendrá por misión inscribir en los Registros Electorales a los cuidadanos y a los extranjeros con derecho a sufragio;
2º.- Que los artículos 13º y 2º transitorio, inciso segundo, de la misma ley, facultan al Director del Servicio Electoral para crear, permanente o transitoriamente, otras Juntas Inscriptoras cuando circunstancias especiales en la comuna lo hagan aconsejable;
3º.- Las facultades que señala el artículo 93º de la ley citada en sus letras i) y k), y
Considerando:
a) Lo informado por la Intendencia de la Séptima Región del Maule;
b) Los antecedentes proporcionados por el Instituto Nacional de Estadísticas;
c) Que en las comunas de Parral y San Javier existen localidades que presentan dificultades de comunicación con la sede comunal lo que aconseja la creación de una Junta Inscriptora en ellas.
Resuelvo:
lº.- Créanse en las comunas que se indica, las Juntas Inscriptoras que se señalan, las que tendrán los territorios jurisdiccionales que se determinan en el número siguiente:
a) PARRAL: una en Catillo.
b) SAN JAVIER: una en Nirivilo y otra en Huerta del Maule.
2º.- En mérito de lo resuelto en las comunas de la Provincia de Linares de la VII Región del Maule funcionarán las siguientes Juntas Inscriptoras, con jurisdicción en los respectivos territorios comunales, salvo en los casos en que expresamente se señala:
LINARES: una en Linares.
YERRAS BUENAS: una en Yerbas Buenas.
COLBUN: una en Colbún.
LONGAVI : una en Longaví.
PARRAL: una en Parral con jurisdicción en el. territorio comunal, excepto el sector correspondiente a Catillo, y una en Catillo con jurisdicción en el territorio de la Circunscripción Civil homónima.
RETIRO: una en Retiro.
VILLA ALEGRE: una en Villa Alegre.
SAN JAVIER: una en San Javier con jurisdicción en el territorio comunal, excepto los sectores correspondientes a Nirivilo y Huerta del Maule; una en Nirivilo y otra en Huerta del Maule ambas con jurisdicción en los territorios de las Circunscripciones Civiles de igual nombres,
Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan Ignacio Garcia Rodríguez, Director.