Decreto
404
MINISTERIO DE HACIENDA
REACTUALIZA CANTIDADES EN DOLARES SEÑALADAS EN EL
ARTICULO 35 DE LA LEY N° 13.039 Y SUS MODIFICACIONES
Diario Oficial
31607
REACTUALIZA CANTIDADES EN DOLARES SEÑALADAS EN EL ARTICULO 35 DE LA LEY N° 13.039 Y SUS MODIFICACIONES Núm. 404.- Santiago, 17 de Junio de 1983.- Vistos: El oficio Ord. N° 025529, de 17 de Junio de 1983, del Banco Central de Chile, mediante el cual se comunica que la variación del Indice Oficial de Precios al Por Mayor de los Estados Unidos de América en el período de doce meses comprendido entre el 1° de Mayo de 1982, y el 30 de Abril de 1983, es de 1,00%; y
Teniendo presente: lo dispuesto en el inciso final del artículo 35 de la Ley 13.039, agregado por el artículo 1° N° 4, del decreto Ley N° 2.976, y el decreto de Hacienda N° 434, de 1982,
Decreto:
Reactualízanse en un 1,00% a contar del 1° de Julio de 1983, las siguientes cantidades en dólares señaladas en los incisos que se indican del artículo 35 de la Ley 13.039 y sus modificaciones:
Incisos 4°, 17° y 23°___ US$ 7.758,38 a US$ 7.835,96
Inciso 4°_______________ US$ 11.637,58 a US$ 11.753,95
Inciso 12° y 23°________ US$ 4.524,02 a US$ 4.569,26
Incisos 12° y 23°_______ US$ 645,97 a US$ 652,42
Inciso 15°______________ US$ 258,61 a US$ 261,19
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Carlos Francisco Cáceres Contreras, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribe a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. Enrique Seguel Morel, Coronel, Subsecretario de Hacienda.