Decreto
1937
MINISTERIO DE JUSTICIA
APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CODIGO CIVIL
Diario Oficial
29633
APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CODIGO CIVIL
Santiago, 29 de Noviembre de 1976.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.937.- Visto lo dispuesto en el decreto ley Nº 527, de 17 de Junio de 1974; en el artículo 2º de la ley Nº 8.828, de 4 de Septiembre de 1947; en el decreto reglamentario Nº 4.862, de 2 de Octubre de 1959, expedido por este Ministerio,
Decreto:
1.- Apruébase como texto oficial del Código Civil el que se contiene en la presente edición:
2.- Un ejemplar de dicho texto, autorizado por las firmas del Presidente de la República y el Ministro de Justicia, se depositará en esta Secretaría de Estado y otro en la Contraloría General de la República.
Dicho texto se tendrá por el auténtico del Código Civil, y a él deberán conformarse las demás ediciones y publicaciones que del expresado Código se hagan, y 3.- La Editorial Jurídica de Chile procederá a dar cumplimiento a la obligación que le impone el artículo 4º del decreto reglamentario Nº 4.862, de 1959, con respecto a todas las ediciones del Código que a virtud de dicho reglamento y del presente decreto tengan carácter oficial.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Miguel Schweitzer Speisky, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío, JT, Subsecretario de Justicia.