Decreto
17
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
SUBSECRETARÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL
DESIGNA A DON MAURICIO IVÁN URIBE RODRÍGUEZ COMO REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CHILENA DE ARQUEOLOGÍA, ANTE EL CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES
Diario Oficial
42772
DESIGNA A DON MAURICIO IVÁN URIBE RODRÍGUEZ COMO REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CHILENA DE ARQUEOLOGÍA, ANTE EL CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES
Núm. 17.- Santiago, 9 de septiembre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo Nº 371 de 2017, del Ministerio de Educación, que designa a Mauricio Iván Uribe Rodríguez como representante de la Sociedad Chilena de Arqueología ante el Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican, y en los antecedentes que obran en el expediente del presente decreto.
Considerando:
1.- Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio es la Cartera de Estado encargada, entre otras funciones, de contribuir al reconocimiento y salvaguardia del patrimonio cultural, promoviendo su conocimiento y acceso, y fomentando la participación de las personas y comunidades en los procesos de memoria colectiva y definición patrimonial.
2.- Que, el Consejo de Monumentos Nacionales es un organismo técnico dependiente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, encargado de, entre otras, pronunciarse sobre la conveniencia de declarar Monumentos Nacionales los lugares, ruinas, construcciones u objetos que estime del caso y solicitar de la autoridad competente la dictación del decreto supremo correspondiente.
3.- Que, el referido organismo técnico está compuesto, entre otros, por un representante de la Sociedad Chilena de Arqueología, conforme se establece en el literal r) del artículo 2 de la ley Nº 17.288.
4.- Que, el referido cargo es ejercido actualmente por don Mauricio Iván Uribe Rodríguez, al haber sido debidamente designado atendida su trayectoria y experiencia en el campo de la arqueología y su compromiso con la Sociedad Chilena de Arqueología, lo cual fue formalizado a través del decreto supremo Nº 371 de 2017, del Ministerio de Educación.
5.- Que, mediante el Ord. Nº 453, de fecha 26 de mayo de 2020, del Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, se ha informado a esta Secretaría de Estado que, mediante carta del 18 de marzo de 2020, de la Presidenta de la Sociedad Chilena de Arqueología, se ha decidido mantener su representación ante el Consejo de Monumentos Nacionales, en la persona del Sr. Mauricio Iván Uribe Rodríguez.
Decreto:
1º.- Desígnase a don Mauricio Iván Uribe Rodríguez, arqueólogo, cédula nacional de i dentidad Nº 9.749.919-5, como representante de la Sociedad Chilena de Arqueología, ante el Consejo de Monumentos Nacionales a contar de la fecha en que dicha entidad comunicó su continuidad, por el período de tres años.
2º.- Déjase establecido que, por razones de buen servicio, el consejero designado asumirá sus funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto.
3º.- Publíquese el presente decreto, una vez que se encuentre totalmente tramitado, por la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en la categoría "Actos y documentos publicados en el Diario Oficial", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7º del artículo primero de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la información pública, y en el artículo 51 de su reglamento. Asimismo, y en cumplimiento de la ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, omítase la cédula nacional de identidad de la persona natural contenida en este decreto para el solo efecto de su publicación en el sitio electrónico de Gobierno Transparente.
Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Consuelo Valdés Chadwick, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Juan Carlos Silva Aldunate, Subsecretario de las Culturas y las Artes.