Resolución
505 EXENTA
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
SUBSECRETARÍA DE LAS CULTURAS Y LAS ARTES
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO
FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO QUE INDICA
Diario Oficial
42565
FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO QUE INDICA
Núm. 505 exenta.- Coyhaique, 4 de diciembre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y en la resolución Nº 6 de 2019, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, en la resolución exenta Nº 24, de 2018, que delega facultades en Secretarios Regionales Ministeriales; decreto C.T.R. Nº 6 de 2018 de la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que nombra Secretaria Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Considerando:
Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
Que el artículo 16 de la ley, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a quien le corresponde ejecutar las facultades y atribuciones descritas en el artículo 17 de la ley.
Que a su vez, el artículo 18 de la ley antes mencionada, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la respectiva capital regional o en alguna capital provincial.
Que el artículo 19 de la ley 21.045, señala también la composición de dichos Consejos Regionales, indicando en su numeral 4 que los integrarán, entre otros, cuatro personas representativas de las artes, las culturas y el patrimonio cultural, que tengan una reconocida vinculación y una destacada trayectoria en distintas actividades vinculadas al quehacer cultural regional, tales como creación artística, patrimonio, industria y economía creativa, artesanía, arquitectura, gestión cultural, y diversas manifestaciones de la cultura tradicional, culturas comunitarias y cultura popular de la región, quienes serán designadas por el Secretario Regional Ministerial a propuesta de las organizaciones culturales o patrimoniales de la región, que posean personalidad jurídica vigente de conformidad a la ley, debiendo asegurar la representatividad de ambos sexos.
Que en virtud de lo anterior, y según ordena el artículo 31 del decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que aprueba Reglamento para la designación de integrantes de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, esta Secretaria Regional Ministerial invitó a las organizaciones culturales o patrimoniales de la región, por medio de una publicación en medios de comunicación impresos o digitales, que fuesen de fácil acceso para cualquier habitante de la región, a proponer dentro del plazo indicado en la invitación, a las personas que integrarían el Consejo Regional.
Que en mérito de lo anterior, se recibieron las propuestas de las organizaciones que se encontraban inscritas en el Registro Nacional de Organizaciones referido en el artículo 17 del decreto supremo Nº 8, las cuales fueron puestas a disposición de esta autoridad.
Que mediante resolución exenta Nº 436, de 2018, de esta Secretaría Regional Ministerial, se designó como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio a la siguiente persona don Matías José Heinsen Planella, RUN 13.026.925-7. Posteriormente, y mediante carta de fecha 3 de octubre de 2019, el señor Heinsen Planella comunicó su decisión de renunciar a dicho cargo por razones personales y profesionales.
Que el artículo 41 del decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, regula las causales de cesación del cargo de Consejero señalando en su letra b) como causal la renuncia voluntaria.
Que de conformidad a lo dispuesto en la resolución Nº 6, de 2019, de Contraloría General de la República, el presente acto administrativo se encuentra exento del trámite de Toma de Razón, debiendo únicamente someterse al trámite de registro ante el órgano contralor.
Que en mérito de lo anterior, resulta necesaria la dictación del acto administrativo que formalice la renuncia de la persona señalada, por tanto
Resuelvo:
Artículo primero: Formalízase la renuncia como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de don Matías José Heinsen Planella, en su calidad de persona representativa de las artes, las culturas y el patrimonio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 letra (b) del decreto supremo Nº 8 de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
primero
Artículo segundo: Certifíquese, por parte de esta Secretaría Regional Ministerial, el domicilio de la persona individualizada en el artículo primero, para efectos de practicar la notificación ordenada en el artículo tercero de esta resolución.
segundo
Artículo tercero: Notifíquese dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, a contar de la fecha de total tramitación del presente acto administrativo, por esta Secretaría Regional Ministerial, lo resuelto en esta resolución, a don Matías José Heinsen Planella, vía carta certificada, que contenga una copia íntegra de esta resolución así como de sus antecedentes, en el domicilio contenido en la distribución del presente acto administrativo, el que se certificará de conformidad a lo ordenado en el artículo cuarto de esta resolución.
tercero
Artículo cuarto: Una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por esta Secretaría Regional Ministerial, con la tipología "Otros" en la sección "Integraciones de órganos colegiados", a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 70° de la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y en el artículo 51 de su reglamento. Asimismo, y en cumplimiento de la ley Nº 19.628, sobre Protección de la vida privada, omítase por esta Secretaría Regional Ministerial, el RUN y domicilio de la persona natural referida en esta resolución, para el solo efecto de su publicación en el sitio electrónico de Gobierno Transparente.
cuarto
Anótese, regístrese, publíquese y notifíquese.- Margarita María Ossa Rojas, Secretaria Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Región de Aysén.