Resolución
5 EXENTA
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
SUBSECRETARÍA DE LAS CULTURAS Y LAS ARTES
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO QUE INDICA
Diario Oficial
42531
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO QUE INDICA
Núm. 5 exenta.- Punta Arenas, 11 de enero de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que aprueba Reglamento para la designación de integrantes de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y en la resolución Nº 1.600 y Nº 10, de 2008 y 2017, respectivamente, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
Que el artículo 16 de la ley crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a quien le corresponde ejecutar las facultades y atribuciones descritas en el artículo 17 de la ley.
Que, a su vez, el artículo 18 de la ley antes mencionada, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la respectiva capital regional o en alguna capital provincial.
Que el artículo 19 de la ley Nº 21.045, señala también la composición de dichos Consejos Regionales, indicando en su numeral 5 que lo integrará, entre otros, una persona representativa de las organizaciones ciudadanas cuyos objetos estén relacionados directamente con el ámbito de la cultura o el patrimonio cultural, que tengan personalidad jurídica vigente y domicilio principal en la respectiva región, elegida por dichas organizaciones.
Que en virtud de lo anterior, y según ordena el artículo 34 del decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que aprueba Reglamento para la designación de integrantes de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, este(a) Secretario/a Regional Ministerial convocó a las organizaciones ciudadanas cuyos objetos estén relacionados directamente con el ámbito de la cultura o el patrimonio cultural y que cumplan con los demás requisitos señalados en el mencionado artículo, por medio de una publicación en medios de comunicación impresos o digitales, que fuesen de fácil acceso para cualquier habitante de la respectiva región, a una sesión para elegir, mediante votación, al miembro del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio señalado en el numeral 5 del artículo 19 de la ley.
Que según consta en acta de sesión especial de fecha 19 de noviembre de 2018, la sesión se llevó a cabo con la presencia de esta Secretaria Regional Ministerial, quien la presidió, y la asistencia de las siguientes organizaciones ciudadanas, que cumplían con los requisitos señalados en la ley y Reglamento, a través de sus respectivos representantes: Despertar de los Ruiseñores, Agrupación Poetas del Mundo, Junta de Vecinos Mateo de Toro y Zambrano Nº 22, Agrupación Plumas Literarias, Fundación Jorge Sharp Corona, Club de Cueca Magallanes Austral, y Junta de Vecinos Santos Mardones Nº 39.
Que en la referida sesión se procedió a votar por las personas que reunían los requisitos exigidos en la ley y el reglamento, obteniendo la primera mayoría de los votos emitidos don Sergio Manuel Vargas Aguilar, resultando elegido como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en su calidad de persona representativa de las organizaciones ciudadanas cuyos objetos estén relacionados directamente con el ámbito de la cultura o el patrimonio cultural.
Que se deja constancia que conforme a los antecedentes acompañados, el consejero designado no goza de la calidad de funcionario público en alguna de las reparticiones del Sector Público en calidad de planta o contrata; por tanto, y de conformidad con lo dispuesto en la resolución 10 de 2017 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón de las Materias de Personal que se indican, la designación quedará exenta y deberá enviarse al ente contralor para su registro.
Que en mérito de lo anterior, resulta necesaria la dictación del acto administrativo que formalice la designación de la persona señalada, por tanto
Resuelvo:
Artículo primero: Formalízase la elección como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, de don Sergio Manuel Vargas Aguilar, RUN 10.318.479-7, en su calidad de persona representativa de las organizaciones ciudadanas cuyos objetos estén relacionados directamente con el ámbito de la cultura o el patrimonio cultural, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 19 de la ley Nº 21.045, en relación con lo acordado en acta de sesión especial de fecha 19 de noviembre de 2018, que forma parte de los antecedentes de esta resolución.
primero
Artículo segundo: Téngase presente que la persona individualizada en el artículo primero desempeñará sus funciones por el período de cuatro años, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 de la ley Nº 21.045, a contar de la primera sesión del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Atendido que conforme a los antecedentes acompañados el consejero designado no goza de la calidad de funcionario público, le corresponderá recibir una dieta de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 de la ley Nº 21.045, equivalente a ocho unidades de fomento por cada sesión que asistan, con tope de ocho sesiones por año calendario, considerando tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias.
segundo
Artículo tercero: Cúmplase por la persona individualizada en el artículo primero con las normas sobre probidad administrativa, debiendo velar por ello esta Secretaría Regional Ministerial.
tercero
Artículo cuarto: Cúmplase por la persona individualizada en el artículo primero la obligación legal de realizar la declaración de intereses y patrimonio, de conformidad a la normativa vigente.
cuarto
Artículo quinto: Certifíquese, por parte de esta Secretaría Regional Ministerial, el domicilio de la persona individualizada en el artículo primero, para efectos de practicar la notificación ordenada en el artículo sexto de esta resolución.
quinto
Artículo sexto: Notifíquese dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, a contar de la fecha de total tramitación del presente acto administrativo, por esta Secretaría Regional Ministerial, lo resuelto en esta resolución, a don Sergio Manuel Vargas Aguilar, vía carta certificada, que contenga una copia íntegra de esta resolución así como de sus antecedentes, en el domicilio contenido en la distribución del presente acto administrativo, el que se certificará de conformidad a lo ordenado en el artículo quinto de esta resolución.
sexto
Artículo séptimo: Una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por esta Secretaría Regional Ministerial, con la tipología "Otros" en la sección "Integraciones de órganos colegiados", a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º de la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y en el artículo 51 de su reglamento. Asimismo, y en cumplimiento de la ley Nº 19.628, sobre Protección de la vida privada, omítanse por esta Secretaría Regional Ministerial, el RUN y domicilio de la persona natural referida en esta resolución, para el solo efecto de su publicación en el sitio electrónico de Gobierno Transparente.
séptimo
Anótese, regístrese, publíquese y notifíquese.- Katherine Ibacache Calderón, Secretaria Regional Ministerial Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.