Decreto
17
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
SUBSECRETARÍA DE LAS CULTURAS Y LAS ARTES
DESIGNA A DOÑA ANA MARÍA RAAD BRIZ COMO CONSEJERA NACIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO COMO PERSONA REPRESENTATIVA DE LAS CULTURAS TRADICIONALES Y EL PATRIMONIO CULTURAL
Diario Oficial
42501
DESIGNA A DOÑA ANA MARÍA RAAD BRIZ COMO CONSEJERA NACIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO COMO PERSONA REPRESENTATIVA DE LAS CULTURAS TRADICIONALES Y EL PATRIMONIO CULTURAL
Núm. 17.- Valparaíso, 12 de marzo de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo N° 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Reglamento para la designación de los integrantes del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; y en la resolución N° 1.600, de 2008, y la resolución N° 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo objeto es colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en dicha ley.
2.- Que el artículo 16 de la ley N° 21.045, creó el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que será presidido por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y que estará integrado, entre otros, por dos personas representativas de las culturas tradicionales y el patrimonio cultural que tengan una reconocida vinculación y una destacada trayectoria en estos ámbitos, como cultores, investigadores, especialistas o gestores culturales, designadas por el Presidente de la República a propuesta de las organizaciones patrimoniales del país, que posean personalidad jurídica vigente. Una de estas designaciones requerirá el acuerdo del Senado.
3.- Que, el inciso 4° del mencionado artículo 16 de la ley N° 21.045, señala que un reglamento expedido por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio determinará el procedimiento a través del cual se harán efectivas las propuestas o designaciones de los miembros del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, para lo cual deberá existir un Registro Nacional de Organizaciones, dicho procedimiento ha sido formalizado a través del decreto supremo N° 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Reglamento para la designación de los integrantes del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
4.- Que, con fecha 8 de julio de 2018, mediante aviso inserto en el diario El Mercurio, se hizo el llamado a inscripción en el Registro Nacional de Organizaciones Culturales y a la presentación de propuestas de postulaciones de personas representativas de las culturas tradicionales y el patrimonio cultural para integrar el Consejo Nacional y Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (período 2018-2022), remitiéndose a S.E. el Presidente de la República las propuestas de las organizaciones patrimoniales del país, que posean personalidad jurídica vigente, por medio del oficio ordinario N° 357, de fecha 6 de noviembre de 2018, de la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
5.- Que, la designación a que se refiere el presente decreto supremo corresponde a S.E. el Presidente de la República de Chile, no siendo de aquellas que requieren acuerdo del Senado.
Decreto:
Desígnase, a contar del 12 de marzo de 2019, a doña Ana María Raad Briz, cédula nacional de identidad N° 14.664.701-4, Magíster en Antropología y Desarrollo, como Consejera Nacional del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, como persona representativa de las culturas tradicionales y el patrimonio cultural, por un período de cuatro años.
Déjase constancia que doña Ana María Raad Briz, por razones impostergables de buen servicio, asumirá sus funciones a contar de la fecha antes señalada, sin esperar la total tramitación de este decreto.
Déjase constancia que la señora Raad Briz cumple con los requisitos exigidos por la ley para el desempeño de su cargo y sus funciones.
Tendrá derecho a percibir una dieta equivalente a ocho unidades de fomento por cada sesión a la que asista, con un tope de ocho sesiones por año calendario, considerando tanto las sesiones ordinarias como extraordinarias. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba la consejera.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Consuelo Valdés Chadwick, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Juan Carlos Silva Aldunate, Subsecretario de las Culturas y las Artes.
Cursa con alcance los decretos N°s. 16 y 17, de 2019, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área Jurídica
Cursa con alcance los decretos N°s. 16 y 17, de 2019, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
N° 28.206.- Santiago, 30 de octubre de 2019.
Esta Contraloría General ha procedido a tomar razón de los documentos individualizados en el epígrafe, mediante los cuales se nombra al señor Jorge Rojas Goldsack y a la señora Ana María Raad Briz, como integrantes del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por ajustarse a derecho.
No obstante, cumple con señalar, tal como fuese manifestado en el oficio N° 9.937, de 2019, de este origen, que la transcripción que realiza el Subsecretario de las Culturas y de las Artes debe consignarse sólo en las copias de los respectivos decretos, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en los originales de estos, como acontece en la especie.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Valparaíso.