Resolución
363 EXENTA
MINISTERIO DE HACIENDA
TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
PRECISA TERRITORIO JURISDICCIONAL DE LA TESORERÍA REGIONAL METROPOLITANA
Diario Oficial
42344
PRECISA TERRITORIO JURISDICCIONAL DE LA TESORERÍA REGIONAL METROPOLITANA
Núm. 363 exenta.- Santiago, 1 de abril de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 1, del Ministerio de Hacienda, de 1994, Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, particularmente, en su artículo 3°, en su artículo 5° letra i) y en su artículo 2° N° 6; en las resoluciones exentas N° 339, de 1993, N° 2.374, de 2001, N° 3.442, de 2002, N° 3.443, de 2002, N° 285, de 2007, N° 2.313, de 2007, N° 925 de 2008, N° 3.766 de 2009, N° 3.767, de 2009 y la N° 4.768 de 2009, todas de la Tesorería General de la República; lo instruido por la Contraloría General de la República en su Informe de Auditoría N° 973, de 2018 en virtud de las facultades que le confiere la ley N° 10.336, de 1952; y la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del DFL N° 1, del Ministerio de Hacienda, de 16 de mayo de 1994, Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, esta institución se compone de una Tesorería General, con sede en la capital de la República, y de Tesorerías Regionales en cada una de las regiones del país, de modo que, en virtud de la mencionada norma, se entienden creadas todas las Tesorerías Regionales, entre ellas, la Tesorería Regional Metropolitana con asiento en la región del mismo nombre.
2.- Que, con posterioridad y dado el crecimiento demográfico de la Región Metropolitana, en virtud de la facultad concedida en el artículo 5° letra i) del mencionado DFL N° 1 y con el propósito de desconcentrar la función de atención al contribuyente, para permitirle un mejor y más expedito ejercicio de sus derechos, así como el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por resolución exenta se crearon en dicha región, otras Tesorerías Regionales y Provinciales designándoseles expresamente su respectivo Territorio Jurisdiccional, de modo que las comunas no comprendidas en dichos actos permanecieron en el ámbito de competencia de la Tesoreria Regional Metropolitana.
3.- Que no obstante lo anterior, la Contraloría General de la República ha instruido al Servicio de Tesorerías, dictar un acto jurídico que fije expresamente el territorio jurisdiccional de la Tesorería Regional Metropolitana. por lo que, teniendo presente la obligatoriedad de los informes del Ente de Control, dicto la siguiente:
Resolución:
Decláranse formalmente como territorio jurisdiccional de la Tesorería Regional Metropolitana, las comunas de Independencia, Recoleta y Santiago.
La presente resolución regirá a contar de la fecha de su total tramitación, sin perjuicio de que la Tesorería Regional Metropolitana puede seguir actuando en su territorio jurisdiccional.
Regístrese, anótese, comuníquese y publíquese.- Ximena Hernández Garrido, Tesorera General de la República.