Resolución
11 EXENTA
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
XIII REGIÓN METROPOLITANA
NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: "SOLUCIÓN SANITARIA DE AGUA POTABLE Y AGUAS SERVIDAS PARA LA CONCESIÓN DEL SECTOR "PARCELA 7 - LOTE B", QUILICURA"
Diario Oficial
42254
NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: "SOLUCIÓN SANITARIA DE AGUA POTABLE Y AGUAS SERVIDAS PARA LA CONCESIÓN DEL SECTOR "PARCELA 7 - LOTE B", QUILICURA"
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta N° 11, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, de 9 de enero de 2019, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Solución Sanitaria de Agua Potable y Aguas Servidas para la concesión del sector "Parcela 7 - Lote B", Quilicura", cuyo titular es Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A.
Que, conforme a la descripción y naturaleza del proyecto "Solución Sanitaria de Agua Potable y Aguas Servidas para la concesión del sector "Parcela 7 - Lote B", Quilicura", que hace obligatorio su ingreso al SEIA, es pertinente señalar que corresponde a un proyecto sanitario y de agua potable, correspondiente a las tipologías o.3. y o.4, pues el proyecto contempla la construcción y operación de una Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP), y una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), en la cual la planta de tratamiento de agua potable tendrá una capacidad de producción de un caudal medio diario de 24,1% y, la planta de tratamiento de aguas servidas será diseñada para un caudal medio de aguas servidas que corresponde a 17,3 L/s y a un caudal máximo instantáneo de 45,3 L/s para el año 2033.
Que, esta Dirección Regional estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo a lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la ley 19.300.
En virtud de lo anterior, y conforme al artículo 30° bis de la ley 19.300; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la comunidad podrá realizar observaciones a la Declaración dentro de un plazo de 20 días hábiles, contados desde la presente publicación.
El texto íntegro de la resolución exenta antes individualizada puede ser conocido en:
- Dirección Regional del SEA Región Metropolitana, calle Miraflores N° 178, piso 3, Santiago.
- Sitio web www.sea.gob.cl.
Andelka Vrsalovic Melo, Directora Regional, Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago.