Resolución
89 EXENTA
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL IV REGIÓN DE COQUIMBO
EXTRACTO DE LAS MODIFICACIONES SUSTANTIVAS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO "DOMINGA"
Diario Oficial
41609
EXTRACTO DE LAS MODIFICACIONES SUSTANTIVAS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO "DOMINGA"
Se informa a la comunidad que, mediante resolución exenta Nº 89/2016, de 25 de octubre de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, se decretó la realización de una nueva etapa de participación ciudadana, por un plazo de 30 días, en el proceso de evaluación ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Dominga", del titular Andres Iron Spa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 2º de la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, debido a que, mediante la Adenda Nº 3, presentada con fecha 17 de octubre de 2016, el titular introdujo modificaciones sustantivas al proyecto.
El proyecto consiste en una actividad de desarrollo minero, cuyo objetivo es producir y comercializar concentrado de hierro como producto principal y concentrado de cobre como subproducto. En la Adenda Nº 3 el titular presenta las siguientes modificaciones consideradas como sustantivas por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo:
l. AMPLIACIÓN ÁREA DE INFLUENCIA DEL MEDIO MARINO
Se amplía el área de influencia marina del Proyecto al incorporar la actividad de navegación de los buques graneleros como parte de la evaluación ambiental del Proyecto, tomando en consideración los antecedentes bióticos de los recursos protegidos.
2. LÍNEA DE BASE MEDIO AMBIENTE MARINO
Se incluye información de detalle, estudios complementarios de línea de base e información técnica y científica actualizada, con especial énfasis en los hábitats críticos definidos por las zonas reproductivas y/o de alimentación de las especies protegidas de avifauna, como Pingüino de Humboldt y Pato Yunco, además de mamíferos, como chungungo, delfín Nariz de Botella y el corredor migratorio de cetáceos, tanto mayores como menores.
3. IMPACTOS SIGNIFICATIVOS, MEDIDAS Y PLAN DE SEGUIMIENTO
Producto de la actividad de navegación se genera el impacto significativo de localización en o próximo a recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados (Art. 11 letra d) ley Nº19.300). En particular, se identifican los siguientes impactos ambientales significativos (3), cuyas medidas se resumen a continuación:
(I) Introducción de especies exóticas por las aguas de lastre. Para este impacto el Proyecto considera la descarga de aguas de lastre fuera de las aguas de jurisdicción nacional. Además, se considera un plan de monitoreo de las especies exóticas invasoras que pudieran ser introducidas, por toda la vida útil del Proyecto, sobre la base de un programa de detección temprana y un Protocolo de Respuesta inicial rápida.
(II) Modificación del Sistema de Corrientes Locales. Para este impacto el Proyecto considera la restricción de velocidad de acercamiento a 10 nudos y velocidad de maniobras a 3 nudos. Mantener la frecuencia de navegación al Proyecto y arribo de naves desde el sur.
(III) Colisión con cetáceos y ahuyentamiento de fauna marina en el área de navegación entre la Bahía de Coquimbo y el Terminal de Embarque Totoralillo. Para este impacto el Proyecto considera el arribo de naves graneleras al Terminal de Embarque Dominga exclusivamente desde el sur, a través de un área de navegación propuesta por el Proyecto que considera áreas de exclusión diseñadas con criterios biológicos. La ruta de salida para la navegación desde el Terminal de Embarque a Altamar será hacia el oeste. Adicionalmente se considera la utilización de vigías para cetáceos, restricción de velocidad de acercamiento a una máxima de 10 nudos y de maniobras de 3 nudos.
4. CONTINGENCIAS
Se considera un Plan de Contingencias para la ocurrencia de un accidente de buques con consecuencia de un derrame de hidrocarburos. Dicho plan es de carácter activo, destinado a responder frente a un evento de fuerza mayor en menos de seis (6) horas, con la logística, infraestructura, materiales e insumos apropiados para las actividades de un terminal granelero y las características específicas del territorio.
El texto íntegro de la resolución exenta Nº 89/2016, de 25 de octubre de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo se encuentra en el siguiente link: http://seia.sea.gob.cl/archivos/2016/10/25/Resoluci�n_Exenta_0089_de_fecha_25-10-2016.pdf. Asimismo, la resolución antes singularizada y el Adenda Nº 3 del proyecto se encuentran a disposición de los interesados para su revisión en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), www.sea.gob.cl y en la oficina de la Dirección Regional del SEA de la Región de Coquimbo, ubicada en calle Eduardo de la Barra Nº 205, La Serena, con horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
Conforme al artículo 29 de la ley Nº 19.300, cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones, las que deberán presentarse por escrito en la oficina del SEA de la Región de Coquimbo, y contener sus fundamentos. También pueden realizarse las observaciones mediante la página web del SEA (www.sea.gob.cl), indicando el nombre del proyecto ("Dominga"), así como el nombre completo de la persona natural o jurídica que realiza la observación, en este último caso indicando el nombre del representante legal, y los respectivos domicilios. En el caso de personas jurídicas deberán acreditar su personalidad jurídica y representación, y la vigencia de ambas.
El plazo para formular las observaciones será de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la última publicación del presente extracto.
Se deja constancia que este extracto ha sido visado por la Dirección Regional del SEA de la Región de Coquimbo, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el titular del proyecto. Lo anterior no constituye pronunciamiento alguno por parte del referido Servicio respecto de la calificación ambiental del proyecto en cuestión.-
Óscar Robledo Burrows, Director Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental, Secretaría Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.