Circular
Bancos 3562
MINISTERIO DE HACIENDA
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS
Inversiones en Sociedades en el País. Actualiza Anexo.
Recopilación de instrucciones SBIF
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CIRCULAR
Bancos N° 3.562
Santiago, 26 de noviembre de 2013.-
RECOPILACIÓN ACTUALIZADA DE NORMAS. Capítulo 11-6.
Inversiones en Sociedades en el País. Actualiza Anexo.
Como consecuencia de una revisión a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en el Capítulo 11-6 de la Recopilación Actualizada de Normas, se ha estimado pertinente actualizar su Anexo N° 2, que contiene el listado de los servicios que pueden prestar las Sociedades de Apoyo al Giro.
Por consiguiente, se remplaza la hoja N° 1 del citado Anexo por la que se acompaña.
Saludo atentamente a Ud.,
RAPHEL BERGOEING VELA
Superintendente de Bancos e
Instituciones Financieras
Capítulo 11-6
Capítulo 11-6
Anexo N° 2 - Hoja 1
ANEXO N° 2
ACTIVIDADES AUTORIZADAS A EMPRESAS DE APOYO AL GIRO
A continuación se describen los tipos de servicios que ya cuentan con la conformidad de esta Superintendencia, incluyendo tanto los que se han autorizado para la constitución de empresas de apoyo al giro, como aquellos acerca de los cuales se ha efectuado un análisis previo de su viabilidad.
A) SERVICIOS VINCULADOS A SISTEMAS DE PAGOS
- Transferencia electrónica de fondos.
- Operación de terminales de caja y puntos de venta.
- Participación en sociedad de depósito de valores creada de conformidad con la Ley N° 18.876.
- Servicios de interacción electrónica orientados a la realización de operaciones comerciales y financieras entre empresas.
- Administración de tarjetas de crédito de acuerdo con las normas del Banco Central de Chile y de la Superintendencia.
- Operación de tarjetas de crédito.
- Emisión de tarjetas de crédito en calidad de filial de un banco, en concordancia con lo indicado en la letra A) del Título II del Capítulo III.J.1, del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile.
- Operación de tarjetas de pago con provisión de fondos.
- Efectuar la recaudación, administración y custodia de los recursos del Sistema Transantiago y demás actividades que debe ejecutar conforme a lo prescrito en el Contrato de Prestación de los Servicios Complementarios de Administración Financiera de los Recursos del Sistema de Transporte Público de Pasajeros de Santiago de 14 de diciembre de 2012, todo ello en el contexto de lo dispuesto por la Ley N°18.696 y sus posteriores modificaciones.
- Otros servicios vinculados a los sistemas de pagos.
B) PRÉSTAMOS
- Otorgamiento de préstamos de oferta masiva en calidad de filial de un banco, sujeta a todas las normas que rigen a los bancos en relación con la gestión y el riesgo de los créditos, como asimismo con la información que debe proporcionarse periódicamente a esta Superintendencia.