Circular
Carta Circular Bancos 110
Carta Circular
Financieras 82
MINISTERIO DE HACIENDA
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS
FERIADO LEGAL EL 14 DE DICIEMBRE DE 1989.
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CARTA CIRCULAR
BANCOS N° 110
FINANCIERAS N° 82
Santiago, 12 de diciembre de 1989.
Señor Gerente:
FERIADO LEGAL EL 14 DE DICIEMBRE DE 1989.
De conformidad con lo establecido en el artículo 169 de la Ley 18.700, y
atendida la convocatoria a elecciones de Presidente de la República y de
parlamentarios dispuesta en el Decreto Supremo N° 1.900 del Ministerio del
Interior, publicado en el Diario Oficial del 11 de diciembre de 1989, el próximo
día 14 de este mes debe considerarse feriado legal en todo el territorio
nacional.
Al respecto, debe tenerse presente que, de conformidad con el artículo
111 del Código de Comercio, todos los vencimientos de obligaciones pactados al
14 de diciembre de 1989 quedan prorrogados hasta el día siguiente.
En consecuencia, los Intereses y reajustes de los depósitos y captaciones y de
las colocaciones que vencen en esa fecha, continuarán devengándose hasta el 15
de diciembre inclusive.
Saludo atentamente a Ud.,
GUILLERMO RAMIREZ VILARDELL
Superintendente de Bancos e
Instituciones Financieras