Carta Circular
Bancos 24
Carta Circular
Financieras 22
MINISTERIO DE HACIENDA
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS
VENTA DE INSTRUMENTOS EMITIDOS POR INSTITUCIONES FINANCIERAS A ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES
Recopilación de instrucciones SBIF
SBIF
CARTA CIRCULAR
BANCOS N° 24
FINANCIERAS N° 22
Santiago, 13 de mayo de 1988.
Señor Gerente:
VENTA DE INSTRUMENTOS EMITIDOS POR INSTITUCIONES FINANCIERAS A ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES.
La Ley N° 18.681 publicada en el Diario Oficial del 31.12.87 modificó el artículo 48 del D.L. 3.500, en el sentido de permitir que las administradoras de fondos de pensiones puedan adquirir los instrumentos a que se refieren las letras a), e) y g) y los seriados comprendidos en las letras b) y c) del artículo 45 del citado D.L. 3.500, directamente del emisor, empleando para ello los demás procedimientos del mercado primario formal que se establecen en el reglamento del Decreto Supremo N° 60 del 06.07.87 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
De acuerdo con lo anterior, la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones solicitó a este Organismo que ponga en conocimiento de las instituciones financieras las normas que regulan las invitaciones a administradoras de fondos de pensiones a participar en una licitación o remate de instrumentos.
Con el objeto de acoger esa solicitud, se hace presente a los bancos y sociedades financieras que, cada vez que utilicen el mecanismo del mercado primario formal para licitar sus instrumentos financieros a administradoras de fondos de pensiones, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. Requisitos para la invitación a participar en el remate.
El mecanismo establecido por el mercado primario formal, en lo que se refiere a la invitación al remate o licitación que se efectúa a los inversionistas institucionales, contempla los siguientes requisitos:
a) La invitación al remate o licitación debe señalar el lugar físico donde estará el prospecto de emisión a disposición de los interesados;
b) Se deberá remitir una copia de la invitación a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, adjuntando el prospecto de la emisión correspondiente, simultáneamente con el envío de invitación a los inversionistas institucionales;
c) La publicación de la invitación al remate o licitación se efectuará en el día hábil siguiente al del envío de dichas invitaciones y en ella se indicará dónde se encuentra el prospecto de emisión; y,
d) En la invitación se especificará, para los instrumentos de renta fija, que si la transacción es en la mañana, será pagadera el día siguiente; en caso contrario, será pagadera el día subsiguiente. Para las acciones, el pago será siempre el día subsiguiente.
1 Requisitos para la invitación a participar en el remate
2. Resultado del remate.
En los casos en que algún fondo de pensiones se haya adjudicado un porcentaje de la emisión, deberá cumplirse con lo siguiente:
a) Los instrumentos deberán estar en proceso de inscripción o bien inscritos oficialmente en un mercado secundario formal al momento de efectuarse el remate;
b) Se deberá publicar, en un diario de circulación nacional, un resumen del resultado del remate, en el cual se indique, para cada instrumento, el monto y porcentaje de la emisión adjudicado y los precios de adjudicación máximo, mínimo y promedio ponderado;
c) El día hábil subsiguiente al del remate se enviará a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, una nómina de los inversionistas y el porcentaje de la emisión adjudicado por cada uno de ellos, identificando claramente aquellos que participaron en forma sindicada y distinguiendo, para tal efecto, cada grupo de sindicación;
d) Se deberá enviar a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, la información del remate, de acuerdo a las especificaciones del anexo adjunto; y,
e) La información aludida en los literales precedentes deberá quedar disponible en la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones a más tardar a las 16 horas del día del remate, si éste se efectúa en la mañana. En caso contrario, vale decir cuando el remate se realice en la tarde, aquélla se enviará en la mañana del día hábil siguiente.
2 Resultado del remate
Saludo atentamente a Ud.,
GUILLERMO RAMIREZ VILARDELL
Superintendente de Bancos e
Instituciones Financieras
ESPECIFICACIONES DE LA INFORMACION QUE DEBE ENVIARSE A LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES
ANEXO
ESPECIFICACIONES DE LA INFORMACION QUE DEBE ENVIARSE A LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES
Respecto de las transacciones de instrumentos que se realicen en el Mercado Primario Formal con recursos de los fondos de pensiones se requiere la siguiente información:
1. Para transacciones de instrumentos de renta fija.
- Código numérico de bolsa
- Código nemotécnico de bolsa
- Unidades nominales transadas
- TIR de transacción
- Porcentaje de valor par
- Condición de pago
- Total transado ($)
- TIR ofrecido mínimo
- Porcentaje del valor par mínimo
2. Para transacciones de acciones.
- Código numérico de bolsa
- Código nemotécnico de bolsa
- Número de acciones transadas
- Precio de la acción ($)
- Condición de pago
- Total transado ($)